Economía

Personas naturales deben vender divisas en efectivo en casas de cambio

El Banco Central de Venezuela hizo una modificación al comunicado publicado el lunes 5 de febrero con los resultados de la primera subasta del nuevo esquema cambio Dicom, para aclarar la participación de las personas naturales.

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Foto: Archivo / El Interés

De acuerdo con la ampliación hecha por la autoridades «las personas naturales que requieran cambiar moneda extranjera en efectivo, podrán asistir a esos fines a cualquier casa de cambio ubicada en todo el territorio nacional. Igualmente podrán ofertar a través del Sistema (subastas) sus monedas extranjeras depositadas en cuentas bancarias a las que hace referencia el Convenio Cambiario N° 20».
Señala el comunicado que «las empresas que requieran realizar cambio de monedas extranjeras deberán colocar su oferta a través del referido Sistema, donde obtendrán de manera rápida y confiable la cantidad de bolívares que se deriven de la menciona operación, ayudando de esta forma a satisfacer la demanda privada de moneda extranjera».
Aunque el addendum causó dudas en el sector, una fuente bancaria dijo a El Estímulo que quizá la inclusión del párrafo tuvo la intención de aclarar que no se puede depositar divisas en efectivo en las cuentas nacionales abiertas a propósito del Convenio Cambiario N°20.
La primera subasta de este esquema se efectuó el 1º de febrero y sus resultados fueron dados a conocer el 5 de febrero. Al día siguiente se añadió la información referida a las personas naturales, pero sigue sin publicarse el listado de personas naturales y jurídicas que intervinieron en el proceso, cuántas fueron rechazadas y cuántas lograron negociar divisas y de cuánto fue la oferta y la demanda.
La tasa de cambio de la primera subasta fue de Bs 30.987,50 por euro, equivalente a Bs 24.995,77 por dólar.
Aquí el comunicado ampliado:

Comunicado Dicom on Scribd

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