Energía y Petróleo

Administración pública trabajará desde las 7:30 am hasta la 1:00 pm

Por decreto presidencial, se estableció un horario especial de trabajo para la administración pública, con el objetivo de reducir 30% el consumo de energía eléctrica.

Publicidad

El decreto 2.241, publicado en Gaceta Oficial número 40.855, publicada este jueves, activa la comisión presidencial del Estado Mayor Eléctrico, creada el 10 de agosto de 2015, y establece nuevos horarios y restricciones de consumo eléctrico para el sector público.

El artículo 2 de la decisión establece que «todos los órganos y entes de la administración pública nacional deben ejecutar planes para reducir en al menos un treinta por ciento (30%) su consumo eléctrico, a partir de la entrada en vigencia de este Decreto, tomando como referencia el consumo registrado durante el mismo mes del año anterior».

Ya el ministro de Energía Eléctrica, Luis Motta Domínguez, había reconocido en una entrevista televisada que los organismos del sector público también se sumarían a las restricciones de consumo, que ya se han impuesto en centros comerciales y hoteles.

Según el decreto, será Corpoelec el que deba hacer las respectivas mediciones para informar mensualmente al Estado Mayor Eléctrico sobre el cumplimiento de la meta de consumo.

Para alcanzar el objetivo de ahorro energético impuesto por el Ejecutivo, se estableció «hasta nueva orden verbal o escrita» la aplicación de un horario de trabajo desde las 7:30 am hasta la 1:00 pm. Esto está dirigido a los «órganos y entes de la Administración Pública Nacional».

«Las máximas autoridades de los órganos y entes de la Administración Pública determinarán qué oficinas o dependencias bajo su responsabilidad se consideran sectores o servicios de carácter esencial, así como el personal de alto nivel y confianza», señala el artículo 3 del decreto.

A tales efectos, se garantizará la prestación de servicios públicos clave: salud, banca, telecomunicaciones, entre otros.

El artículo 4 instruye al Ministerio de Energía Eléctrica a que se tomen «todas las medidas necesarias» con el fin de incrementar la generación termoeléctrica a nivel nacional, disminuyendo así el uso de la energía hidroeléctrica durante momentos de criticidad».

El decreto también reitera la obligatoriedad para el sector público y privado de cumplir con el plan de ahorro energético y reducir el consumo de energía en el porcentaje establecido en las normas legales vigentes.

Además, solicita al Ministerio de Petróleo y Minería efectuar una jerarquización en el balance energético nacional, con el objeto de garantizar el suministro de combustible para el parque de generación térmica disponible en el país, «dando preferencia al combustible gaseoso y a la adquisición de combustible para la autogeneración privada».

«Este ministerio emitirá un resuelto notificando los mecanismos para facilitar de manera expedita la venta y suministro de combustible a grandes usuarios», dictamina.

Publicidad
Publicidad