«Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, que mantengan vigentes contrataciones de seguros de salud con empresas de seguros privadas, deberán tomar las medidas y completar los trámites necesarios para sustituirlas por aseguradoras y servicios de salud públicos, antes del 31 de diciembre de 2015″, señala la circular.
Todos los organismos públicos, a partir de esa fecha, deberán abstenerse de contratar pólizas con aseguradoras privadas, añade el texto.
La Ley de la Actividad Aseguradora, publicada el 29 de julio de 2010, en su disposición transitoria octava, establecía un plazo de cinco años para que los órganos y entes del Estado promovieran, planificaran, programaran y ejecutaran los procesos de migración de los funcionarios, empleados y obreros bajo su dependencia, a las aseguradoras públicas y al Sistema Público Nacional de Salud.
«Dicha migración consiste en la sustitución en el sector público de contrataciones de seguros privados por aseguradoras y servicios de salud públicos», indica el artículo.
El lapso otorgado por la ley venció el pasado 29 de julio.