Venezuela

TSJ declara nulo proceso de la Asamblea Nacional para designación de magistrados

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Foto: EFE | Miguel Gutiérrez

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia conjunta de sus Magistrados y Magistradas, declaró nulo el proceso a través del cual la Asamblea Nacional (AN) pretende nombrar a un grupo de Magistrados y Magistradas del Máximo Juzgado del país.La motivación se centró entre otros aspectos en la extemporaneidad del proceso, inexistencia de vacantes e inobservancia de preceptos constitucionales y legales, según refirió una nota de prensa de la institución. La Sala fundamentó su decisión en la jurisprudencia y en lo establecido en el artículo 213 del Código Penal Venezolano, el cual prevé que cualquiera que indebidamente asuma o ejerza funciones públicas civiles o militares será reo de delito por usurpación de funciones. Este artículo prevé que aquellos que usurpen funciones, serán puestos en prisión con una pena de dos a seis meses. «Artículo 213. Cualquiera que indebidamente asuma o ejerza funciones públicas civiles o militares, será castigado con prisión de dos a seis meses, y en la misma pena incurrirá todo funcionario público que siga ejerciéndolas después de haber sido legalmente reemplazado o de haberse eliminado el cargo. Podrá disponerse que, a costa del condenado, se publique la sentencia en extracto, en algún periódico del lugar que indicará el juez. En su sentencia N° 545, publicada este jueves, la Sala del TSJ ratificó que la AN se mantiene en desacato, razón por la que todos sus actos son nulos de nulidad absoluta y carentes de eficacia jurídica. 1.- Se declara COMPETENTE  para conocer de la demanda de nulidad por inconstitucionalidad “…del proceso para la designación de Magistrados y Magistradas al Tribunal Supremo de Justicia que actualmente conduce la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, por afectación directa de interés colectivos (sic) y difusos debido a los efectos de este proceso…”, la cual se ADMITE. 2.- DECLARA DE MERO DERECHO y DE CARÁCTER URGENTE la resolución del presente recurso de nulidad. 3.- DECLARA LA NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD“…del proceso para la designación de Magistrados y Magistradas al Tribunal Supremo de Justicia que actualmente conduce la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, por afectación directa de interés colectivos (sic) y difusos debido a los efectos de este proceso…” y de todos los actos dictados con ocasión del mismo, por la Asamblea Nacional. 4.- ACUERDA la publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia. 5.- ADVIERTE a la Asamblea Nacional, así como a cualquier ciudadano o ciudadana que se pretenda investir del cargo de Magistrado o Magistrada del Tribunal Supremo de Justicia, en abierta violación a las normas constitucionales y legales, que LA USURPACIÓN DE FUNCIONES está prevista como delito en el artículo 213 del Código Penal, y que los fallos son de obligatorio cumplimiento, so pena de las consecuencias jurídicas que el ordenamiento venezolano ha dispuesto para el respeto y mantenimiento del orden público constitucional y la preservación del sistema democrático. 6.- REITERA que la Asamblea Nacional se encuentra en desacato y, en consecuencia, todos sus actos son nulos de nulidad absoluta, carentes de validez y eficacia jurídica. Este viernes, la Asamblea Nacional tiene previsto realizar una sesión en la Plaza Alfredo Sadel de Las Mercedes, en donde estiman juramentar a varios ciudadanos como magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, luego de que el Poder Legislativo y la Fiscal Luisa Ortega Díaz desconocieran a los 33 magistrados de la Sala Plena del máximo tribunal del país, A finales del mes de marzo, el TSJ emitió dos sentencias: la 155 y la 156, en las que tomaba funciones de la Asamblea Nacional y eliminaba la inmunidad parlamentaria de los diputados. Estas acciones del Supremo derivaron en el inicio de las protestas desde el primero de abril.]]>

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