Venezuela

La Constitución, una veinteañera desahuciada

De los 350 artículos constitucionales, varios han sido violados en estas dos décadas y otros son letra muerta en la actualidad

Constitución
ARCHIVO | AVN
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«La mejor constitución, la más democrática y perfecta del mundo». Así calificó en 2013 el presidente Nicolás Maduro la Carta Magna venezolana, pero hoy es un documento desahuciado y moribundo, aunque sus heridas ya comenzaron a sangrar casi desde el momento en que fue parida, hace 20 años.

Los elogios de la revolución bolivariana a su texto fundacional, la Constitución de 1999, quedaron atrás desde 2017 cuando Maduro, en medio de la más grande ola de protestas antigubernamentales que haya enfrentado, instauró una Asamblea Constituyente (ANC) para redactar una nueva carta magna que sigue en construcción entre secretismos.

De los 350 artículos constitucionales, varios han sido violados en estas dos décadas y otros son letra muerta en la actualidad, pues en la práctica el rango supremo de las garantías contempladas en esta carta es menospreciado por la burocracia chavista con casi total impunidad.

Apartados más vulnerados:

  • Artículo 29: «El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades».

La ONU publicó en julio un informe en el que denuncia que el Ejecutivo de Maduro y sus instituciones tienen una estrategia orientada a neutralizar, reprimir y criminalizar a la oposición política y a quienes critican al Gobierno.

El organismo denuncia graves crímenes de Estado como la comisión de más de 6.800 ejecuciones extrajudiciales desde 2018.

  • Artículo 44: «…Ninguna persona continuará en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente».

En el último quinquenio, al menos una decena de detenidos han permanecido tras las rejas, a veces durante meses, pese a contar con boletas de excarcelación emitidas por los tribunales.

El Foro Penal, una ONG que lidera la defensa de los considerados presos políticos, indicó que en la actualidad la abogada Antonia Turbay sigue presa pese a que tiene orden de liberación desde julio.

  • Artículo 48: «Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas».

Al menos una decena de conversaciones telefónicas de opositores han sido expuestas en el canal televisivo del Estado.

Sin servicios

  • Artículo 82: «Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales».

Aunque el Gobierno asegura haber entregado casi 3 millones de casas en la última década, la mayoría de la población recibe en sus hogares la electricidad con interrupciones diarias o permanece varios días consecutivos sin suministro eléctrico.

Además, el agua potable se ha convertido en un bien escaso. Los más agraciados reciben agua en sus casas tres o cuatro veces por semana y se ven obligados a llenar tanques de su propiedad para suplir la carencia los días de corte.

  • Artículo 83: «La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida».

La salud, que incluye una óptima alimentación, es la cara más visible de la crisis que atraviesa Venezuela.

La mayoría de hospitales públicos tiene áreas paralizadas, escasez casi total de medicamentos y materiales médicos, falta de profesionales y no cuentan con suministro diario de agua potable.

  • Artículo 89: «…Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición».

El presidente de la ANC, Diosdado Cabello, es el principal impulsor de que en las instituciones del Estado no trabajen personas que sean contrarias al chavismo.

«No puede haber escuálidos (opositores)», ha dicho en reiteradas ocasiones, en actos públicos.

Maduro, cuando era canciller en 2012, calificó a los opositores de «sifrinitos mariconsones» (pretenciosos homosexuales) en un intento por descalificarlos políticamente.

Salarios que no alcanzan

  • Artículo 91: «El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica».

Venezuela tiene el salario mínimo más bajo de Latinoamérica: el equivalente en bolívares a 3,7 dólares mensuales, lo que arroja a la miseria a la mayoría de los venezolanos que no pueden costear ni siquiera la canasta básica alimentaria, cuyo valor ronda los 180 dólares.

  • Artículo 98: «La creación cultural es libre».

El Estado, a través de sus instancias competentes, ha suspendido presentaciones musicales y teatrales de artistas contrarios al Gobierno. Asimismo, ha sacado del aire varias emisoras de radio, un canal de televisión nacional, varios internacionales y prohibió la proyección en el país de al menos dos películas.

  • Artículo 103: «Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente».

Varias ONG estiman que miles de menores de edad han abandonado sus estudios de primaria y secundaria en medio de la crisis económica.

En casi todos los centros de enseñanza pública faltan profesores de algunas cátedras. Estos lugares también interrumpen sus actividades frecuentemente por la falta de agua potable, electricidad o la escasez medios de transporte público.

Tribunal Supremo de ¿justicia?

  • Artículo 125: «Los pueblos indígenas tienen derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional».

El Supremo ordenó la expulsión temporal de cuatro parlamentarios indígenas en enero de 2016, con lo que la oposición perdería la mayoría calificada de los escaños, y hasta ahora la Justicia no ha resuelto el caso, por lo que pueblos indígenas han estado sin representación.

  • Artículo 187: «Corresponde a la Asamblea Nacional (…) legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional».

El Supremo declaró al Parlamento en desacato casi inmediatamente después de que la oposición se hizo con la mayoría y desde entonces toda la burocracia venezolana ha tomado por nulos los actos legislativos.

  • Artículo 328: «La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política».

El fallecido presidente Hugo Chávez, considerado el padre de la Constitución de 1999, fue el primero en adjudicarle una parcialidad a la institución militar. «La Fuerza Armada es chavista», dijo en varias ocasiones.

El discurso es repetido por los jerarcas militares y por Maduro desde que asumió el poder en 2013.

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