Cultura

Ley de Cine: una reforma con muchas lecturas

La definición de una película como “de interés artístico y cultural” es un proceso complejo y subjetivo. Con la propuesta de reformar la Ley de Cinematografía Nacional, este tema salta nuevamente a la palestra

Publicidad

Uno de los puntos de la propuesta de reforma de la Ley de Cinematografía Nacional que preocupa al sector encargado de la distribución y exhibición de las películas, es el aumento de la cuota de pantalla anual de las películas consideradas de interés artístico y cultural. Entre las obras de esta naturaleza, se incluyen las películas de factura criolla, sin discriminar su temática. La promoción del cine venezolano, se especifica en el borrador de la intención de reforma, es la prioridad de esta convocatoria.

Si bien a 10 años de entrada en vigencia de la Ley, se han estrenado más de 170 películas venezolanas, acumulando alrededor de 17 millones de espectadores, quienes proponen la reforma consideran que aún falta regular la balanza con respecto a la oferta fílmica nacional y la extranjera. Marianela Saleta, Vicepresidenta de Distribución de Cines Unidos, ve con inquietud esta propuesta, pues poco se está tomando en cuenta la realidad económica de estos estrenos. En 2014, señala, el cine venezolano atrajo a 4 millones de espectadores, pero solo 4 de las 26 películas estrenadas fueron taquilleras. Por su parte, Bernardo Rotundo, Presidente de Gran Cine, señala que, “no se puede hacer valoraciones solo de tipo económico, sino también de tipo cultural”.

Uno de los incentivos que se ofrece para la promoción del “buen cine”, como lo describe Rotundo, quien además es uno de los principales promotores de esta reforma, es la exoneración del pago de la contribución especial a FONPROCINE. Sin embargo, Thomas Bardinet, Gerente General de Cinex, comenta que, a pesar de contar con programación alternativa -como en Centro Plaza-, no han logrado cumplir la cuota que permite la exención en algunas de sus salas.

No es el extranjero, es Hollywood

La reforma plantea establecer mecanismos por los cuales las películas extranjeras de interés artístico y cultural aseguren su exhibición y permanencia en pantalla, de forma similar a los estatutos que amparan el cine venezolano –como el promedio PELVEN-.  Bardinet considera que esta medida no es “ni necesaria, ni viable”, y que probablemente responde a intereses particulares, pues se habla de “proteger” a cierto cine extranjero, cuando en otros países la medida no es recíproca.

Por otro lado, Saleta señala que la limitación en las pantallas del número de estrenos de Hollywood, blockbusters, al final “podría afectar la misma sustentabilidad de todo el sector”. El cine de esta naturaleza es el que responde a una mayor demanda de los usuarios, de modo que mermar esta oferta, salpicaría tanto a distribuidoras como a empresas vinculadas a la industria, reduciendo la cuota de colaboración que de allí se deriva para FONPROCINE. “Es un efecto cascada”, comenta la vocera.

Pero, ¿qué son obras de interés artístico o cultural?

En 2006, se publicó en Gaceta Oficial un procedimiento para certificar obras cinematográficas de naturaleza o interés artístico y cultural, por el cual pueden ser señaladas como tal, las películas que reúnan al menos cinco de 12 condiciones –muchas de ellas muy subjetivas de señalar-:

  1. Películas con una nueva narrativa artística.
  2. Financiada por algún organismo que fomente la producción o por algún estudio independiente a los dominantes de la cartelera venezolana.
  3. Obras premiadas o reconocidas, dentro o fuera del país.
  4. Películas basadas en clásicos o inspiradas en cualquier obra artística iberoamericana.
  5. Películas que formen parte de las políticas de cooperación del Estado.
  6. Que tengan un aporte innovador al arte y al cine.
  7. Obras que enaltezcan los valores, la ecología, el progreso social, la democracia y la tolerancia.
  8. Películas que fomenten la multiculturalidad y/o sean de países cuyo cine haya sido poco difundido en Venezuela.
  9. Documentales.
  10. Biografías de grandes personajes.
  11. Patrimonio cultural del cine mundial o de autores reconocidos en la industria. No importa el estudio que las produzca.
  12. Que resalten los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

La comisión encargada de esta certificación está formada por un representante del CNAC, un representante de Amazonia Films, un representante de la Cinemateca Nacional, un docente o investigador o crítico cinematográfico de relevante experiencia y un representante de las salas alternativas o independientes. “Es una disposición que no estamos inventando ahora, sino que queremos que tenga rango de Ley”, señala Rotundo.

Aquí pueden ver con mayor detalle la Providencia Administrativa publicada en Gaceta Oficial.

Publicidad