Con esta resolución, el Servicio Nacional de Contrataciones, de oficio, procederá a la inscripción y habilitación en el Registro Nacional de Contratistas de las empresas con domicilio en la República Bolivariana de Venezuela, consejos comunales u organizaciones socioproductivas que produzcan, comercialicen o distribuyan: alimentos, sus materias primas e insumos, del sector agroproductivo e industrial nacional agroalimentario, fármacos, insumos y equipos médicos; productos para la higiene personal y aseo del hogar, así como cualesquiera otros productos o insumos necesarios para la ejecución de la Gran Misión Abastecimiento Soberano en procura del abastecimiento a través de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP).