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Nueva Ley: así queda el pago de impuestos municipales para las empresas en Venezuela

Tras reiterados pronunciamientos de los gremios empresariales e industriales de Venezuela, finalmente la Asamblea Nacional sancionó la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios que regula las tasas de impuestos municipales que deberán pagar los empresarios. Estos son los detalles

Daniel Hernández |El Estímulo
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La Asamblea Nacional (AN) ya sancionó la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, en las que se regulan las tasas máximas de impuestos que deben cobrar las entidades y alcaldías a las empresas.

En el texto se establece que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica industrial, comercial, servicio o de índole similar no podrá ser superior a un 3% de los ingresos brutos obtenidos. Igualmente, el mínimo tributario anual para este impuesto no podrá ser superior al equivalente en bolívares de 240 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Excepcionalmente, la alícuota municipal de industria, comercio, servicio o de índole similar será de hasta 6.5% de los ingresos brutos obtenidos en los siguientes ramos: explotación de minas y canteras, servicio e industria petrolera, servicios de publicidad, venta de bebidas alcohólicas, entre otras.

Por otro lado, en la Ley se establecen rebajas de al menos 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas industriales, comerciales, servicios y, de índole similar, a los contribuyentes que desarrollen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.

También establece la vigencia mínima de 3 años a las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas industriales, comerciales, servicios y de índole similar. La renovación procederá de manera automática cumpliendo lo que establece la norma en ese sentido.

El presidente del Parlamento Nacional, diputado Jorge Rodríguez (PSUV/Nacional), indicó que el nuevo instrumento legal tiene como virtud disminuir la cantidad de impuestos que pagarán los habitantes en los 335 municipios de Venezuela.

“Viene a poner orden para proteger al ciudadano de a pie, al joven que inicia un emprendimiento, a los comerciantes, empresarios y alcaldes”, dijo.


Manifestó que la Ley de Armonización Tributaria permitirá poner orden, proteger a la gente y reducir los costos para comerciantes y empresarios, así como también disminuir el pago que hacen los ciudadanos de servicios, entre otros.

«También establecimos 10 tasas con límite: cuánto es lo máximo que puede pagar por desechos sólidos, cuánto es lo máximo que se puede pagar por expendio de especies y bebidas alcohólicas», apuntó.

Sostuvo en rueda de prensa que dentro de las excepciones al pago de impuestos, se encuentran aquellas que están tipificadas por tener una actividad económica especial.

Creación del Consejo Superior de Armonización Tributaria

Desde la Asamblea Nacional también se estableció la creación del Consejo Superior de Armonización Tributaria, instancia de participación y consulta para el desarrollo de las políticas orientadas a la armonización y coordinación del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios.

El nuevo instrumento jurídico establece que el Consejo Superior de Armonización Tributaria estará integrado por la ministra o ministro del Poder Popular con competencia en materia de economía y finanzas, quien lo presidirá; asimismo, por la máxima autoridad del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, tres gobernadores y tres alcaldes.

Se establece entre las atribuciones del Consejo Superior de Armonización Tributaria dar opinión, a solicitud del Ejecutivo Nacional, en relación con las medidas para la armonización y coordinación del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios. Además, puede proponer medidas que permitan favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales y reducir la evasión fiscal.

INFORME DE SEGUNDA DISCUSIÓN COORDINACIÓN Y ARMONIZACIÓN 24 ARTÍCULOS RESTANTES (1) on Scribd

Con información de la Asamblea Nacional

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