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Conoce cómo solicitar la pensión de sobreviviente ante el IVSS

La pensión de sobrevivientes puede solicitarse tanto si el fallecido era pensionado o trabajador activo asegurado por el IVSS. Sin embargo, la solicitud debe hacerse en los primeros dos años tras la muerte del familiar

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El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) otorga la pensión de sobreviviente a los esposos y/o hijos menores de edad de jubilados y asegurados fallecidos, bajo ciertas condiciones.

Se puede solicitar tanto si el beneficiario ya era pensionado al momento de la muerte o si aún era un trabajador activo asegurado por el IVSS. En este último caso, el asegurado deberá tener al menos 750 cotizaciones semanales para acceder a la pensión, cumplir con los requisitos para tener derecho a una pensión de invalidez o haber fallecido en un accidente laboral, indica la Ley del Seguro Social.

También se reconocen las muertes por accidentes comunes siempre que el trabajador estuviese sujeto a la obligación del Seguro Social para el día del accidente.

La solicitud de la pensión de sobrevivientes debe hacerse en los dos años siguientes a la muerte del asegurado o pensionado, ya que tras este plazo no se podrá optar a este derecho.

¿Quiénes pueden recibir esta pensión?

En el caso de los sobrevivientes del beneficiario, podrán recibir la pensión los cónyuges o concubinos del fallecido con hijos menores de edad, así como los hijos menores de 14 años o menores de 18 años si siguen cursando estudios. Si los hijos tienen invalidez laboral, no hay límite de edad.

En el caso de las esposas o concubinas sin hijos, serán elegibles para la prestación si tienen más de 45 años, mientras que para los esposos la edad mínima es de 60 años. Los concubinos deben tener un mínimo de dos años de cohabitación para recibir esta prestación.

Por otra parte, cuando exista invalidez laboral, no hay restricción de edad para los cónyuges, sean hombres o mujeres.

La ley establece que, en caso de que no haya cónyuges o hijos del sobreviviente, pueden recibir la pensión los padres o hermanos menores de 14 años que dependan económicamente del asegurado o pensionado.

¿Cómo solicitarla?

Los cónyuges o hijos menores de edad que quieran solicitar esta pensión pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas administrativas del IVSS, independientemente del lugar de residencia.

Si se trata de un asegurado fallecido, estos son los documentos que se deben consignar:

  • Dos versiones originales de la planilla de solicitud (Formato 14-04)
  • Constancia de trabajo (Formato 14-100).
  • Acta de matrimonio
  • Acta de defunción
  • Cédula de identidad del solicitante o beneficiario,
  • Partida de nacimiento de aquellos hijos menores de 14 años
  • Cédula de identidad de los hijos mayores de 14 años del beneficiario
  • Constancia de estudios de hijos del beneficiario mayores de 18 años que cursen estudios regulares, si aplica
  • Informe médico de hijos incapacitados (Formato 14-08)

En caso de que el fallecido ya fuese pensionado por el IVSS, la lista de recaudos es la misma, a excepción de la constancia de trabajo.

¿De cuánto es la pensión de sobreviviente?

El monto de la pensión IVSS del sobreviviente está establecido en 130 bolívares, al igual que la pensión regular. Esto equivale a 3,6 dólares, aproximadamente, de acuerdo al cambio de la tasa del Banco Central de Venezuela consultada el 02-11-2023.

El monto de aguinaldos, que este año se pagan en octubre, noviembre y diciembre, es también de 130 bolívares, por lo que en total se recibirían 260 bolívares al me, equivalente a 7,3 dólares.

Además, la Ley del Seguro Social establece que en caso del fallecimiento de un asegurado o de un beneficiario de pensión, se tiene derecho a una asignación funeraria, aunque no establece un monto específico.

Para julio de 2023, la Asociación Profesional de la Industria Funeraria indicó que el precio de los servicios funerarios podía variar entre 300 y 1.000 dólares.

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