La Providencia, establece la nueva norma en la sección III destinada a los pagos con tarjeta de crédito de operaciones mediante comercio electrónico con proveedores en el exterior.
Los $100 dólares que se podrán usar no son acumulables y el monto será deducible de los $3.000 que el Cencoex establece como máximo al año.
El tipo de cambio será el resultante de la última asignación de divisas realizada a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) para el momento en que el Banco Central de Venezuela (BCV) liquide al operador cambiario. Se encuentra en Bs 12.
La disposición contenida en la Gaceta Oficial N°40.636, mantiene el requisito de tramitar la solicitud del cupo ante el operador cambiario mediante la planilla obtenida vía electrónica del Cencoex.
El operador cambiario deberá notificar al Cencoex el reporte de consumo efectuado por el usuario dentro de los 30 días hábiles bancarios siguientes a la recepción de la notificación.]]>