En la Gaceta Oficial número 41.446 de fecha del 25 de julio, el gobierno de Nicolás Maduro precisa los bienes y los productos que son exonerados de estos impuestos. También sienta las bases para que ministerios e importadores privados presenten la documentación respectiva al momento de declarar los bienes ante las aduanas.
La exoneración tributaria está fijada hasta finales de año y rige desde su fecha de publicación en Gaceta Oficial. Es decir, el mismo día en el que Maduro también anunció unas medidas, que incluyen quitar cinco ceros a la moneda dentro de un proceso de reconversión cambiaria y colocar reservas petroleras como parte de las reservas internacionales.
La exoneración establece que los bienes muebles corporales deben tener una una obsolescencia no mayor a tres (03) años. La importación se aplicará independientemente de que los bienes se importen o se adquieran en piezas completas o desarmadas, añade la gaceta.
Tanto organismos de la administración pública como personas jurídicas como naturales «con recursos propios» podrán importar, sin estos impuestos, insumos destinados a «la industria manufacturera o constitutivos de insumos, materia prima, repuestos, consumibles y rotables, equipos, herramientas y maquinarias para la agricultura y agroindustria, no producidos en el país o con producción insuficiente, conforme a la ley».
Estos son los rubros publicados en la Gaceta Oficial:
-Textiles,
-Calzados.
-Alimentos.
-Lubricantes y sus derivados.
-Productos para el aseo personal y para la higiene.
-Productos para la limpieza del hogar.
-Medicamentos.
El decreto también ordena a los ministros de diversas carteras para que determinen los códigos arancelarios que corresponden a los bienes. También fija las bases burocráticas para presentar la documentación que exige el organismo tributario y la oficina aduanera.
Los ministros con competencia en materia de industria y producción nacional; de economía y finanzas; para la agricultura productiva y tierras; de salud; y, para la alimentación; quedan encargados de la ejecución de este decreto.