La Ley de Estímulo a las Exportaciones ya fue promulgada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.824, fechado el 18 de julio de 2024. Esta nueva legislación tiene como objetivo establecer y fomentar los mecanismos destinados a facilitar y potenciar la exportación de bienes y servicios no vinculados al sector petrolero, generados en Venezuela.
La exposiciónd emotivos de la Ley, habla de conseguir aumentar la participación, complementariedad y competitividad de los productos venezolanos en los mercados internacionales.
Objetivos de la Ley
- Promover un desarrollo equilibrado de la economía nacional, con vistas a mejorar el nivel de vida de la población, generar ingresos en divisas y empleo, así como fomentar un alto valor agregado nacional y fortalecer la autonomía económica y la integración.
- Contribuir a la transformación de la estructura económica nacional, avanzando de una economía rentista hacia una economía productiva, mediante el incremento y la diversificación de las exportaciones de bienes y servicios no relacionados con el petróleo.
- Impulsar la modernización, eficiencia y competitividad de la producción nacional de bienes y servicios no petroleros, con el fin de mejorar su posicionamiento en los mercados internacionales y satisfacer las demandas internacionales.
- Simplificar los procesos relacionados con la producción y exportación de bienes y servicios no petroleros, optimizando el uso de tecnologías de la información y comunicación.
En cuanto a la simplificación de trámites, se especifica que el Ejecutivo Nacional adoptará las medidas necesarias para agilizar los procedimientos administrativos relacionados con la exportación de bienes y servicios no petroleros.
En este sentido, la gestión de los trámites y permisos requeridos por las autoridades venezolanas para las exportaciones se llevará a cabo a través de la Plataforma Única de Comercio Exterior (PUCE), una herramienta tecnológica diseñada para centralizar, gestionar, simplificar, optimizar y unificar digitalmente la información y documentación necesaria para el proceso de exportación.
La PUCE proporcionará los siguientes servicios:
- Registro y gestión de procedimientos administrativos relacionados con las operaciones de exportación ante cualquier organismo o entidad de la Administración Pública.
- Suministro de información detallada sobre los requisitos para cada trámite, incluyendo los órganos y entidades involucrados, la duración y estado del trámite, así como los derechos de los exportadores en cada proceso.
- Consolidación de registros de actividades vinculadas a los regímenes aduaneros, para mantener información actualizada sobre todos los trámites administrativos de exportación.
- Implementación de mecanismos para el pago de servicios relacionados con autorizaciones, permisos, certificaciones y otros trámites administrativos requeridos por organismos públicos.
- Recepción de sugerencias y quejas relacionadas con el funcionamiento de los servicios públicos vinculados a la exportación.
- Disposición de un servicio de comunicación directa para la atención, acompañamiento y orientación de los usuarios.
- Cumplimiento de otras disposiciones establecidas en reglamentos y resoluciones aplicables.
Es importante destacar que el uso de la Plataforma Única de Comercio Exterior estará sujeto al pago de una tarifa por cada tipo de trámite, calculada en bolívares y equivalente a un máximo de ciento cincuenta (150) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, según lo publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).
Además, la nueva Ley incluye la creación del Fondo Nacional para la Exportación, administrado por la agencia de promoción de exportaciones, con el fin de financiar actividades relacionadas con la promoción de exportaciones no petroleras.
Los recursos del Fondo Nacional para la Exportación provendrán de varias vías:
- Asignaciones del Ejecutivo Nacional.
- Un aporte de hasta el 0,5% del valor de las importaciones, según lo estipulado por el Ministerio competente en economía y finanzas. Este aporte será pagado por los importadores al liquidar el impuesto aduanero de importación.
- Donaciones y otras contribuciones recibidas.
- Recursos generados por las operaciones y actividades del Fondo.