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Impuesto a la dolarización: conoce de qué se trata y lo que te toca hacer

Pagar en dólares o criptomonedas en Venezuela saldrá caro. Aunque ya está aprobado por la Asamblea Nacional, el nuevo impuesto aún genera muchas dudas en cuanto a su aplicación. Acá te aclaramos algunas de ellas

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Ya es un hecho. A las transacciones en dólares les sale impuesto y uno que puede ser muy alto. Con la Reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Comerciales ahora todos los venezolanos, sean empresarios o no, deberán pagar un impuesto por tener dólares en su cartera y querer usarlos para pagar cualquier cosa.

Las dudas se multiplican. No todas las preguntas tienen respuestas claras. Por los momentos, los expertos en la materia señalan lo obvio y suponen sobre los detalles sin resolver. Lo obvio, por ahora, es que quien use dólares o criptomonedas pagará impuestos. Se lanzan suposiciones sobre el cómo se ejecutará la medida.

¿Por qué todos pagarán impuestos si la Ley dice que es para las «Grandes Transacciones Comerciales»?

Aunque el título diga una cosa, el contenido refleja lo contrario. La Reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Comerciales incluye ahora también a las personas naturales, además de las jurídicas que realicen transacciones comerciales con dólares o criptomonedas, sin estipular montos.

Antes la Ley discriminaba a las empresas y señalaba que los impuestos eran para las compañías que entraban como Sujetos Pasivos Especiales. Estos sujetos se establecían por sus ingresos anuales en función de Unidades Tributarias. Con el desfase en el ajuste del valor de las UT, los sujetos pasivos especiales eran catalogados como cualquier empresa o comercio que facturara más de 120 dólares al año. Un monto irrisorio.

¿Cuánto es el impuesto si voy a pagar con dólares en efectivo?

Para los pagos con dólares en efectivo, el monto del impuesto va desde 2% hasta 20%. El porcentaje exacto lo determinará el Ejecutivo Nacional, según mejor le convenga. Hasta que esto ocurra, todas las transacciones en efectivo o en criptomonedas deberán pagar un impuesto de 3%.

¿Los pagos en Zelle también tendrán impuesto?

Sí. Los comercios que reciban pagos a través de Zelle deberán reportarlos en la misma categoría que los pagos en efectivo. La Ley señala que siempre que los pagos sean en divisas en efectivo o por una institución financiera que no sea venezolana, entonces la alícuota rondará entre el 2% y 20%.

Al igual que sobre los pagos en efectivo, hasta que el Ejecutivo Nacional no señale cuál será el porcentaje exacto, los comercios cobrarán 3% a los pagos con dólares a través de un sistema financiero que no sea el venezolano.

Y si el pago es con una cuenta en divisas de un banco venezolano, ¿cobrarán impuesto? 

Sí. La Ley señala que los pagos en divisas o con criptoactivos distintos al petro que haga cualquier persona natural o jurídica, a través de la mediación de una institución financiera, deberán pagar un impuesto entre 2% y 8%. Sin embargo, mientras el Ejecutivo establece cuál será la alícuota a pagar, esta quedará en el rango de 2,5%.

Y si no me dan factura, ¿debo pagar el impuesto?

En teoría, todo comercio debe emitir factura por las ventas que realice. En caso de que no lo haga, se arriesga a una multa. Sin embargo, para algunos expertos el talón de Aquiles de la Ley se encuentra en la incapacidad del Gobierno de poder determinar con certeza cómo fue el pago en un establecimiento.

A menos de que se pague con una tarjeta de débito asociada a una cuenta en dólares de la banca nacional, el uso del efectivo podría pasarse como pago en bolívares sin mucho inconveniente.

Con el tema de las criptomonedas es mucho más complicado: «La única manera que el gobierno de un país pueda imponerte una alícuota para el pago de impuestos es que ellos sepan y tengan el conocimiento técnico de quiénes hacen, qué operaciones, en qué medida y por cuál vía», señala el economista Aaron Olmos.

¿Los comercios se podrían saltar la norma?

El contador, abogado y socio de asesoría fiscal PwC Venezuela, José Javier García, asegura que aunque el Gobierno no tenga una forma clara de ver cómo entra el dinero a una empresa, el Seniat aun puede fiscalizar a los comercios.

García afirma que a la hora de fiscalizar, el Seniat puede determinar si el ingreso en las cuentas del sistema nacional no corresponde al total de la facturación. Con esto pueden deducir que el dinero restante fue cancelado en divisas y criptomonedas.

«Esto puede representar un problema legal que los comercios, al menos los grandes, no quieran asumir solo para evitar que los clientes dejen de pagar el 3% de la alícuota», señala.

¿Qué busca el Gobierno de Maduro con esto?

En su exposición de motivos, la Reforma de la Ley plantea que tiene como fin «incentivar en términos tributarios el uso del Bolívar, haciendo más barato su uso respecto de las divisas, apoyando así al fortalecimiento gradual de nuestra moneda nacional».

Sin embargo, otra razón para este impuesto está en la necesidad que tiene el Gobierno de Maduro de atrapar una tajada de las divisas que circulan en el país y que puede traducirse en mayores reportes para el Fisco. El economista y CEO de Olmos Group Venezuela, Aaron Olmos, pone el foco en este asunto. Señala que esta reforma de Ley no es un movimiento aislado, sino la punta del iceberg de lo que se viene en cuanto a las formas como Maduro busca obtener dinero. Es decir, nuestro dinero.

Los problemas sin resolver

La reforma a la Ley aún deja muchas dudas respecto al cómo se va a aplicar y a ciertos casos aún no contemplados. En El Estímulo te hacemos una lista de algunos casos en los que aún no se sabe cómo actuar:

1. Pagos mixtos: Una gran parte de las operaciones en Venezuela son mixtas. Por ejemplo, en un supermercado una persona puede pagar la cuenta una parte con bolívares y otra con dólares. En este caso aún no se sabe cómo se establecerá el tributo, porque esto causará un problema técnico en la facturación.

2. Pagos de honorarios: Aún no queda claro si el tributo arropa el pago de personas naturales a personas naturales. Por ejemplo, el pago por honorarios profesionales.

3. ¿Quién se encarga del impuesto?: La Ley no establece una regulación clara sobre la forma en que se realizará el pago, quién va a declarar ese impuesto y cómo se declarará al seniat.

4. Tasa de cambio de las criptomonedas: No solo los pagos en dólares están regulados. Las criptomonedas también lo están. En este caso cómo se pagará este impuesto y a qué tasa de cambio. Si alguien hace una transferencia por una billetera digital, ¿a qué tasa recibirá el seniat ese pago? Aún no queda claro.

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