Hace pocos días, Nicolás Maduro propuso un referendo para una reforma constitucional que apruebe la cadena perpetua, supuestamente en la lucha “contra el flagelo de la corrupción”. El pasado 15 de abril lo reiteró: “Es la propuesta de un hombre que está al frente del Estado y que está comprometido con el pueblo a luchar con todo contra la inmoralidad y la corrupción”. Increíble que ahora es que venga a darse cuenta del colosal despojo a la Nación que ha habido desde que Hugo Chávez ascendió al poder. Cierto que en la época de la República Civil hubo corrupción, pero estos quedan como aislados actos de rateros en comparación a lo que se han robado durante estos últimos veinticinco años.
La cadena perpetua es una de las penas más severas que existen en el sistema judicial de muchos países. Sin embargo, su aplicación y efectividad han sido objeto de debate y controversia a lo largo de los años.
Las opiniones de los juristas venezolanos sobre la cadena perpetua son variadas. Algunos consideran que es una medida necesaria para castigar a los criminales más peligrosos y garantizar la seguridad de la sociedad. Argumentan que, en casos extremos, cuando se han cometido crímenes atroces, la cadena perpetua es la única forma de asegurar que el culpable no vuelva a cometer delitos.
Por otro lado, otros especialistas consideran que la cadena perpetua va en contra de los principios de resocialización y reinserción que deberían regir el sistema de justicia penal. Aducen que privar a una persona de su libertad de por vida no contribuye a su rehabilitación ni a su reintegración a la sociedad. Habría que distinguir también entre delincuentes que tienen enfermedades mentales, que serían prácticamente imposibles de reinsertar en la sociedad y delincuentes comunes que podrían redimirse y reintegrarse. En general, la discusión sobre la cadena perpetua en Venezuela no sólo es compleja, también polarizada.
El abogado Alberto Arteaga Sánchez alega que “podría decirse que es peor a la pena de muerte, porque el condenado a cadena perpetua está condenado a una muerte en vida. Esa pena, por supuesto, es contraria a la dignidad humana y a las exigencias de un estado democrático. ¡Habría que reformar toda la Constitución!”
En mi opinión, la cadena perpetua niega la posibilidad de redención y perdón. Este hecho sólo logra prolongar un ciclo de violencia y venganza, en lugar de promover la reforma. En primer lugar, la cadena perpetua va en contra de los principios básicos de la justicia y la rehabilitación. El objetivo principal del sistema judicial debería ser la reinserción de los individuos en la sociedad, no simplemente castigarlos de por vida, como expone Arteaga Sánchez.
La cadena perpetua no sólo niega la posibilidad de redención y perdón, sino que perpetúa un ciclo de violencia y venganza, en lugar de promover la reconciliación y la reforma. Sobre este tema se pronunció también Humberto Prado, director del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), en entrevista al Diario de Los Andes: “La cadena perpetua va en contra de los principios de justicia restaurativa y dignidad humana, ya que priva a los individuos de la posibilidad de rehabilitación y reinserción en la sociedad”. Además, señala que “esta medida podría reforzar la imagen de un Estado autoritario y contradecir los artículos 2 y 3 de la Constitución nacional, que proclaman el valor de la vida y la dignidad humana”.
Por otro lado, muchos especialistas, entre ellos Laura Loza, directora de la ONG Acceso a la Justicia y Paula Escalante, abogada con experiencia en defensa de derechos humanos, coinciden en que “la cadena perpetua podría ser utilizada para profundizar la persecución política en Venezuela, especialmente considerando que el país está bajo investigación en la Corte Penal Internacional (CPI) por crímenes de lesa humanidad”.
La Constitución de Venezuela establece una pena máxima de 30 años de prisión, y cualquier propuesta de cadena perpetua generaría un cambio significativo en el marco legal del país. Los derechos humanos tienen la cualidad de ser progresivos, lo que significa que cuando se ha establecido un derecho humano como la pena máxima por un delito, no debería imponerse otro límite máximo. Es importante mencionar también que las leyes penales no son retroactivas, salvo que favorezcan al reo. La tipificación del delito tiene que haber existido para el momento del acto en el que este se ejecutó. En palabras más simples, la pena no puede cambiarse después de cometido el delito.
La mayoría de las veces la cadena perpetua es desproporcionada e inhumana. Encerrar a una persona de por vida en una prisión, privándola de su libertad y de cualquier esperanza de recuperarla, es una forma extrema de castigo. La mayoría de las personas que cometen delitos graves o atroces lo hacen en un momento de desesperación, o tienen problemas de salud mental. La cadena perpetua no ofrece la oportunidad de abordar estas causas subyacentes y buscar soluciones más efectivas. Además, la cadena perpetua es costosa. Mantener a una persona encarcelada de por vida requiere de recursos significativos por parte del Estado, que podrían ser mejor utilizados en programas de prevención del delito, rehabilitación y reintegración social. De hecho no existe evidencia sólida que demuestre que la cadena perpetua contribuya de manera significativa a la reducción de la criminalidad o a la protección de la sociedad. Incluso muchos estudios insisten en que las penas más largas no necesariamente disuaden a los delincuentes y pueden incluso fomentar la reincidencia.
La cadena perpetua es una forma ineficaz, inhumana y costosa de castigo que va en contra de los principios de justicia y derechos humanos. Peor todavía cuando la razón subyacente en su aplicación es aplastar la disidencia política.