Venezuela

El restaurante que recuerda cómo la justicia puede ser parcial en Venezuela

La familia Landaeta Marcano denuncia que durante seis años han librado un extenso proceso legal para recuperar la casa que les pertenece: la Quinta Landamar, donde actualmente funciona el restaurante Favola, en la avenida principal de La Castellana con avenida El Bosque, en Caracas. Esta es parte de una historia de los enredos judiciales y oscuros poderes por encima del propio Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). 

Restaurante Favola y justicia
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El inmueble donde todavía funciona el restaurante Favola ha pertenecido a la familia Landaeta Marcano desde su construcción, en la década de 1940, y «es retenido ilegalmente por sus ex-inquilinos desde 2015». Una denuncia documentada con fallos judiciales favorables a los propietarios pone luz en el caso.

La Quinta Landamar constituye el legado de los esposos Alfredo Landaeta y Alida Marcano a sus tres hijos: Lola Josefina, Alfredo y Antonieta. Lola Josefina Landaeta de Morales es la mayor de los tres hermanos y la única que aún vive. Con 85 años de edad, prácticamente sola ha tenido que luchar durante los últimos años para recuperar la casa que le pertenece a su familia, pues sus hermanos fallecieron antes de que iniciara el periplo jurídico que la ha llevado hasta el estrato más alto del escalafón judicial de este país: el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

A pesar de que la más reciente sentencia proviene de la Sala Constitucional del TSJ, instancia más alta dentro de todo el sistema de justicia en Venezuela, con fecha 28 de mayo de 2021, y ordena tanto a los tribunales subordinados a esa instancia como a los ex-inquilinos, entregar el inmueble a sus dueños sin dilación alguna, la misma no pudo ser ejecutada el pasado 4 de agosto de 2021, por las artimañas de los ocupantes en connivencia con funcionarios de menor rango en el sistema judicial, denunciaron los demandantes, en informaciones enviadas a medios de comunicación, entre ellos El Estímulo.

Este podría ser un caso más de los cientos que abundan en Venezuela, donde los que propietarios esperan legítimamente la devolución de sus inmuebles.

«Pero se diferencia porque se reclama la entrega de un bien material por el simple hecho de que se venció el contrato de arrendamiento. No por falta de pago del canon de alquiler, que es la causal vigente suspendida para los desalojos de inmuebles comerciales. Además, el máximo tribunal del país ha fallado en favor de sus propietarios, calificándolos de víctimas, pero su sentencia hasta hoy es letra muerta», señalan los demandantes.

La historia

Cuando sus hijos formaron familia y se fueron de la casa, Alfredo Landaeta y Alida Marcano se mudaron a un pequeño apartamento y alquilaron la Quinta Landamar. Los primeros inquilinos fueron los mismos dueños del exclusivo Le Club, Bertil Kalen y Óscar “Catire” Fonseca, quienes abrieron allí el muy conocido club privado y restaurante Member´s, en la década de los 80. Con ellos nunca tuvieron inconvenientes; ya que siempre fueron puntuales en el pago de sus obligaciones contractuales, según refiere la familia.

Member’s funcionó en esa locación hasta su cierre. Luego, por un breve tiempo, pasó a manos de otros inquilinos quienes instalaron allí el restaurante L’Operetta, para luego ceder el alquiler a los hermanos Edgar Alberto y Luis Eduardo Prada Díaz.

El contrato de este último se hizo a nombre de dos figuras: una persona natural, Edgar Alberto Prada Díaz, y una persona jurídica, Representaciones Remember 2007 C.A., donde aparece el otro hermano, Luis Eduardo Prada Díaz, como socio. La duración del contrato era de cinco años, del 2008 al 2013, con fines comerciales para el funcionamiento de un restaurante, que actualmente es conocido como Favola.

Al finalizar el contrato, los propietarios deciden no renovarlo, ya que los hermanos Prada nunca aceptaron hacer ajustes al canon de arrendamiento. Durante los cinco años siempre pagaron lo mismo y esto motivó a los dueños a no renovar. En esa época se enfermaron dos herederos -dueños junto con Lola de la propiedad- y no contaron con los recursos suficientes para pagar los gastos de salud.

Al informar a los inquilinos la culminación y no renovación del contrato, los hermanos Prada Díaz realizan el pago del alquiler por un mes más, para tener un argumento írrito a favor de la renovación del contrato. Ese monto les fue devuelto y se confirmó la no renovación, que consta en todos los documentos legales del caso.

Con la finalización del contrato, empieza a aplicar la prórroga legal de dos años que la ley concede a los arrendatarios para la entrega del inmueble.

Al no lograrse la entrega voluntaria de la casa, la familia emprende en 2015 las acciones legales que resultan, todas, a favor de los propietarios.

El periplo judicial

El Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Caracas aprueba la solicitud de entrega material del inmueble en 2016. En ese momento, los hermanos Prada Díaz apelan la decisión, y en 2017 logran una medida de amparo que les concede la permanencia en la Quinta Landamar, luego de estar ya desalojados del inmueble. El caso va a un Tribunal Superior de Segunda Instancia, el Juzgado Superior Octavo Civil de Caracas, en el que nuevamente el fallo es a favor de los propietarios y se ordena la entrega material del bien el 12 de marzo de 2018.

Una vez más los ex-inquilinos se oponen, por cuanto gozan de la medida de amparo y, cinco meses después, el 9 de agosto de 2018, obtienen un fallo a su favor emitido por la Sala de Casación Civil del TSJ. La sentencia, en ponencia de la magistrada Marisela Godoy, dictamina que se habían cometido errores en las notificaciones hechas a los ex inquilinos por el vencimiento del contrato y por lo tanto operaba una tácita reconducción, razón por la cual los ex-inquilinos podían permanecer en el inmueble.

Los grandes vicios de esta sentencia quedaron claramente establecidos en el voto salvado del magistrado Francisco Ramón Velásquez Estévez, que en definitiva, fueron parte de las razones por las cuales la Sala Constitucional del TSJ anula esta sentencia, por cuanto sí se hicieron correctamente las notificaciones a los inquilinos, efectivamente se venció el contrato y se cumplió a cabalidad con la prórroga legal.

Al mismo tiempo que ocurre esta sentencia, y luego de dos años de estar cerrado, los hermanos Prada Díaz hacen un relanzamiento del restaurante con bombos y platillos. En la prensa digital figura la renovación de su decoración y una nueva propuesta gastronómica, en un evento de amplia cobertura comunicacional.

Pero los herederos de la familia Landaeta Morales no se quedaron con la última decisión. Convencidos de que había errores en la sentencia y de que se habían violado derechos constitucionales, solicitan una revisión de la misma ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Se revisa el expediente completo, desde las decisiones de los tribunales de Primera y Segunda Instancia, hasta la emanada por la Sala Civil y, luego de un largo proceso, el 28 de mayo de 2021, sentencia “HA LUGAR”, por cuanto hubo violación al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y al derecho a la defensa de Lola Josefina Landaeta de Morales.

La sentencia anula la emanada de la Sala de Casación Civil, y deja firme la decisión que ordenaron los tribunales de hacer entrega del inmueble a sus propietarios. Frente a esta última decisión no hay otro recurso legal que exista, conforme a las leyes.

Desacato al TSJ

En vista de que los hermanos Prada Díaz no acatan la orden del máximo tribunal del país de entregar de forma voluntaria el inmueble, los propietarios emprenden el proceso de ejecución forzosa.

El pasado 19 de agosto de 2021 se moviliza el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas para hacer cumplir la orden del TSJ y es cuando sucede lo que se podría calificar de insólito.

Ese día no se pudo cumplir con la ejecución porque la juez Arelis Gabriela Falcón Lizarraga recibió una llamada telefónica del Juez Rector del Distrito Capital, Juan Pablo Torres Delgado, dándole la orden de que se retirara de inmediato sin practicar la medida, y así consta en el acta.

La situación se tornó aún más tensa cuando se presentó una comisión de la Dirección Contra la Delincuencia Organizada de la Policía Nacional Bolivariana de forma intimidatoria, solicitando la identificación de los presentes y amenazando con detenerlos, sin dar explicaciones de las razones por las cuales esa comisión se encontraba allí.

Luego de la mediación de la juez Falcón Lizarraga, y ante la llamada del Juez Rector, todos tuvieron que retirarse dejando sin cumplimiento una sentencia del máximo estamento jurídico del país y una familia que no ha podido recuperar su propiedad desde el 2015, ni percibir los ingresos que sí han usufructuado los hermanos Prada Díaz, con la explotación comercial de la Quinta Landamar.

Curiosamente, ese mismo día en el lugar se encontraba estacionada una camioneta Toyota Four Runner, color anaranjado, sin placas, en cuyo interior se encontraban la abogada Doris González Araujo, representante judicial de Representaciones Remember 2007, y otros sujetos, a quienes los funcionarios no requisaron, según denuncia la familia Landaeta en documento enviado a la Sala Constitucional del TSJ el pasado 29 de septiembre de 2021.

Lo que de alguna forma sugiere que los funcionarios estaban allí para intimidar y entorpecer la actuación del tribunal evitando la ejecución de la sentencia.

Pero no solo las intimidaciones han sido parte de las artimañas de los ex inquilinos. Luego de conocer la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, los hermanos Prada Díaz acudieron a principios de agosto al Ministerio Público para denunciar desacato a la medida de amparo que obtuvieron de parte del juez rector Torres Delgado en 2017, como si fuese una acción sempiterna y desacatando ellos la orden dictada por la Sala Constitucional del TSJ.

El máximo tribunal es el ente rector y superior de todo el sistema judicial del país y además es el único órgano capaz de determinar y calificar si ha ocurrido desacato a un amparo constitucional (Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nro. 0145 de fecha 18 de junio de 2019).

Los derechos de Lola

Con 85 años, Lola Josefina Landaeta de Morales es una mujer lúcida y activa. La hermana mayor y la única de los tres hermanos del matrimonio Landaeta Marcano que aún vive, se vale por sí sola y se mantiene firme en su empeño por recuperar la casa que le pertenece a su familia y a la que le gustaría volver en estos últimos años de su vida.

Su padre compró el terreno en la década de 1940 y construyó allí la casa de la familia. Todos los sábados, cuenta, iban a ver el terreno y la construcción conforme avanzaba. Luego se convirtió en el punto de encuentro y celebraciones de su familia.

Lola vivió en esa casa hasta 1958, cuando contrajo matrimonio con Isidro Morales Paúl, diplomático venezolano quien, entre otros cargos públicos e importantes asignaciones, ejerció como ministro de Relaciones Exteriores en el primer año de gobierno del expresidente Jaime Lusinchi, logrando delimitar fronteras, áreas marinas y submarinas en amplio beneficio para el país. Lola vio fallecer a su esposo en 2005, luego a su hermana Antonieta en 2008 y a su hermano Alfredo en 2015.

«Prácticamente sola le ha tocado transitar el camino legal, en nombre propio y en el de los descendientes de sus hermanos. Sus derechos y los de su familia han sido vulnerados: el de la propiedad privada; el poder disfrutar de los frutos de su vivienda por concepto de alquiler; y el de la tutela judicial efectiva, por cuanto han pasado 6 años desde que no se ha hecho entrega de la casa por cumplimiento de contrato, en un juicio largo que hoy tiene la venia del TSJ».

La casa es, además, el único bien de sus cinco sobrinos -los hijos de sus hermanos fallecidos-, quienes han afrontado necesidades económicas y de salud sin poder recurrir a ese bien para solventarlas.

“Me parece horrible toda esta situación. Es como si te estuvieran arrancando algo que es tuyo, donde te criaste, que es todo. Fue mi vida, la de mis padres, la de mi familia”, alega Lola.

Discordias a lo interno y externo

Edgar Alberto y Luis Eduardo Prada Díaz son los hermanos que a título personal y jurídico recibieron en alquiler la Quinta Landamar en el año 2008. El contrato de arrendamiento se realizó a nombre de Edgar Alberto Prada Díaz y de Representaciones Remember 2007 C.A., empresa en la que actualmente figuran Luis Eduardo Prada Díaz y Víctor Mendoza Santeliz como presidente y vicepresidente, respectivamente.

Sobre esta empresa hay conflictos internos. Al inicio, ambos hermanos eran los socios en Representaciones Remember 2007, y recientemente uno de ellos, Edgar Alberto, no figura, sino que aparece Víctor Mendoza Santeliz como socio.

Aparentemente hubo una venta de acciones inconsulta de uno de los hermanos y existe una demanda entre ellos por la nulidad de dicha venta.

Aunque los hermanos son responsables del contrato de arrendamiento,  cada uno tiene sus abogados y acuden a las citaciones de forma separada y en fechas distintas.

Representaciones Remember tiene el fondo de comercio que permite operar la Quinta Landamar con fines comerciales. El permiso está dado para un bar restaurante, tal como funcionó hasta el año 2019. Sin embargo, desde mediados de ese año y durante todo el tiempo de restricciones por la pandemia del coronavirus, el establecimiento ha permanecido cerrado al público y solo se ofrece para eventos privados.

En redes sociales aparecen fotos de celebraciones privadas y otros eventos realizados allí. Los vecinos de la zona han denunciado ante la Alcaldía de Chacao los escándalos y la duración de eventos que ha estado suspendidos por las medidas de la pandemia.

Vecinos

El presidente de la Asociación de Residentes de la Urbanización Altamira y La Castellana (ARUACA), Rafael García Planchart, reconoce que existen numerosas denuncias ante la Alcaldía de Chacao, en contra de los administradores del restaurante por los eventos que allí se realizan.

“Hace dos años, la alcaldía hizo la notificación al comercio de no poder realizar los eventos y al mismo tiempo de la notificación hubo una manifestación de los vecinos frente a la quinta, al día siguiente estos señores -los inquilinos- habían metido una denuncia en la Fiscalía General de la República por acoso e incitación a la violencia para la Alcaldía y para los vecinos que participaron”, relató al presidente de ARUACA.

En twitter se encuentran quejas de vecinos de la zona refiriendo las molestias que causan a los vecinos por la música a altos decibeles, durante toda la noche y la mañana del día siguiente, mientras que otros refieren que no se les detiene porque a tales eventos asisten personalidades del gobierno.

«El juez amigo»

Según afirman los demandantes, el doctor Juan Pablo Torres Delgado, juez rector del Distrito Capital llamó a la juez Arelis Gabriela Falcón Lizarraga, quien detuvo la ejecución ordenada por la Sala Constitucional del TSJ que debió cumplirse el pasado 4 de agosto de 2021.

Un juez rector es una figura que rige a los jueces de un estado.

En un reciente video del TSJ en YouTube el juez Torres Delgado defiende la tutela judicial efectiva y el debido proceso.

El máximo tribunal, a traves de la sala Civil estableció el mecanismo de despacho virtual, que consiste en «hacer de la tutela judicial efectiva y el debido proceso algo de acceso inmediato para los justiciables, para nuestros usuarios», dice el magistrado.

De acuerdo con Alí Daniels, director de la organización Acceso a la Justicia, consultado por el portal de noticias Armando.info para un reportaje sobre el sistema judicial: “En el área penal es como el ministro de justicia en esa entidad, y la verdad es que un juez rector en las regiones tiene muchísimo poder. Ellos son los que recomiendan los nombramientos de los nuevos jueces”.

«Torres Delgado es también quien concede a los hermanos Prada Díaz la medida de amparo que esgrimen cada vez que intentan ejecutar la entrega del inmueble», según los propietarios.

En 2014 fue nombrado magistrado suplente de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia y, de acuerdo con el portal Runrunes, fue síndico Procurador del Municipio Libertador (2001) durante la gestión de Freddy Bernal; luego nombrado Cónsul de Venezuela en la ciudad de Nueva York y traído nuevamente por Bernal para retomar el cargo de síndico procurador en Libertador.

Lola Landaeta de Morales dice que no se explica cómo a su edad y con una sentencia del TSJ a su favor, un juez de un escalafón inferior puede impedir con eficacia esa orden y desconocer sus derechos.

«Pero no descansa. Ha acudido nuevamente a la Sala Constitucional del máximo tribunal exponiendo los nuevos eventos suscitados que han impedido la entrega material de la Quinta Landamar a sus dueños, y solicitando que se proceda sin más dilaciones la ejecución de la sentencia dictada en mayo de este año ratificando sus derechos», señalan sus abogados en la información.

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