Laboral

ANC aprueba normativa que regirá a los Consejos Productivos de los Trabajadores

Este martes, la ilegal Asamblea Nacional Constituyente aprobó la normativa que regirá la constitución y organización de los Consejos Productivos de los Trabajadores (CPT) y que consta de 19 artículos y cuatro disposiciones.

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ANC aprueba Ley de CPT
Foto: Twitter ANC

Los CPT agrupan a «la clase obrera y demás expresiones del poder popular en la gestión de la actividad productiva y distribución de bienes y servicios en las entidades de trabajos públicas, privadas, mixtas y comunales a fin de garantizar el desarrollo productivo de la nación y su acceso oportuno para el pueblo en aras de fomentar una nueva conciencia y cultura al trabajo», reza el texto leído durante la sesión ordinaria de la ANC.
Estas organizaciones tendrán la misión de contribuir a asegurar que el pueblo acceda de forma oportuna a los bienes y servicios que se producen en Venezuela, especialmente alimentos, medicinas y artículos de higiene.
Otro objetivo es el de construir el modelo económico socialista del sistema de producción, abastecimiento, comercialización y distribución de bienes y servicios para satisfacer las necesidades del pueblo, una misión prevista también en la ley que regula a los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP).
Durante su exposición, Francisco Torrealba, presidente de la Comisión de Trabajadores de la ANC, aseguró que el proyecto de ley había sido ampliamente consultado con todos los sectores.
Los CPT, que estarán conformadas por un número impar de integrantes de 3 a 7 personas, tienen entre sus funciones fortalecer el papel político de la clase obrera.
Las disposiciones dela norma son aplicables en las entidades de trabajo públicas, privada, mixtas y comunales del país.
Estas organizaciones deberán elegir entre sus miembros a una mujer, un joven entre 18 o 35 años y un trabajador miliciano, pudiendo existir esta condición en una o más personas.
«En cada entidad de trabajo deberá existir al menos un Consejo Productivo de Trabajadores. El órgano rector podrá aguardar el número acorde a la estructura y área de la entidad de trabajo», indica el instrumento aprobado por la ANC.
Los CPT podrán denunciar ante las autoridades cualquier actuación contraria al sistema socioeconómico que rige la República.
«Todos los trabajadoras y trabajadores de las entidades de trabajo que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de esta Ley Constitucional tienen derecho a inamovilidad laboral desde el momento que el órgano rector notifique al patrono la convocatoria del proceso de elección de las trabajadoras voceros y trabajadores voceros que integran el Consejo Productivo de Trabajadores», dice el artículo 15.
Con información de AVN
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