Elecciones 2024

¿El final queda en el Tribunal Supremo?

La Facultad de Ciencias Jurídicas de la UCV señaló en un comunicado que el acto de proclamación de Nicolás Maduro es nulo y que hasta tanto el CNE no concluya el proceso de acuerdo a la norma, los tribunales no deben intervenir. Pero hoy mismo el Tribunal Supremo de Justicia anunció que se encargará de certificar los resultados de la elección

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Hay quien asegura que fue un amparo, pero el mismo Nicolás Maduro lo dijo varias veces en sus mensajes al país: el 31 de julio presentó un recurso contencioso electoral -encuadernado en rojo- ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Como medida legal es curiosa: un contencioso se solicita cuando se busca la anulación de algún acto legal o administrativo en medio de una situación de litigio. En este caso, se trataría de un acto electoral. Y el único acto electoral hasta ahora es su propia proclamación como candidato ganador de las elecciones del 28 de julio. Pero en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, tras analizar el asunto, opinan que ahí no es: que es obligación del CNE despejar el panorama de toda duda.

Como estrategia política, ya es otra cosa: quiere que los magistrados -algunos militantes del Psuv- decidan unos cuantos asuntos importantes: si los números -parciales y hasta ahora no verificables- que presentó el CNE son correctos, si hay un complot nacional e internacional en su contra, si hubo un saboteo al sistema electoral… Y eso plantea un abanico muy amplio de procesos, investigaciones, conformación de un equipo técnico, experticias, citaciones, entrevistas con testigos, etcétera, etcétera… ¿no? Pero al mismo tiempo, le permitiría a Maduro resolver todo de un carpetazo con una sentencia que aporte barniz legal a la narrativa y mate la discusión.

La Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV puso a circular un breve documento este jueves 1 de agosto que ya dice mucho en su título: «Sin totalización verificada no puede haber proclamación».

Ese documento, firmado por el decano Juan Carlos Apitz y el secretario Rómulo Rivero, comienza advirtiendo que el 29 de julio el presidente del CNE, Elvis Amoroso, proclamó a Maduro sin la presencia de los rectores del organismo electoral y «cuando apenas se había emitido un supuesto Boletín Parcial de Totalización, que no fue emitido por el Sistema Automatizado de Totalización y en el que faltaba el 20% de las actas por escrutar».

Con esta acción -se explica allí- Amoroso «incumplió con la Ley Orgánica de Procesos Electorales y su reglamento, pues antes de la proclamación debía esperar la emisión del Boletín Final de Totalización, que refleja los resultados electorales definitivos». Esto es, que no se puede adjudicar el triunfo sin antes haber procesado todas las actas de la elección.

Eso no es todo: «Mucho menos, el presidente del CNE podía a solas emitir un Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación, sin estar acompañado del resto de los rectores principales del órgano comicial y los demás testigos de los candidatos».

En la evaluación de los expertos de la UCV, la proclamación no se ajustó a la legislación electoral «por haber sido realizada por una autoridad que se extralimitó en sus competencias e invadió las del órgano comicial, que es un cuerpo colegiado, y cuyos efectos devienen nulos».

Siendo nula la proclamación -continúa el comunicado- «corresponde exclusivamente al CNE, como órgano rector del Poder Electoral, completar el procedimiento electoral ya iniciado. Los tribunales de la República carecen completamente de jurisdicción hasta tanto el Consejo Nacional Electoral no haya totalizado, adjudicado y proclamado al triunfador con total apego a la ley, lo que aún no ha hecho».

Este criterio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV no es compartido por los magistrados del TSJ. Hoy, unos minutos antes de que el mandatario anunciara la creación de dos cárceles de máxima seguridad para los manifestantes detenidos durante las protestas, la presidenta del TSJ Caryslia Rodríguez declaró: “Se admite, se avoca y se inicia el proceso de investigación y verificación para certificar de manera irrestricta los resultados del proceso electoral”. Y de inmediato citó a todos los candidatos que participaron en la elección, incluyendo -por supuesto- a Maduro y a Edmundo González, a la sede del TSJ este viernes 2 de agosto a las 2 de la tarde.

El sentido común lleva a pensar que para que el TSJ emita sentencia sobre todo lo solicitado por Maduro, media un largo y prolongado trabajo. ¿No?

Mientras tanto, María Corina Machado -quien ahora pasó a una condición de clandestinidad dentro del país- convocó a concentraciones de calle el sábado 3 de agosto. Y hoy, a lo largo del día, ha corrido información sobre las gestiones de los presidentes de Brasil, Colombia y México, a las que se sumó el de Chile, para que -entre otras cosas- el CNE haga públicos los resultados detallados de la elección y las «controversias sobre el proceso electoral» sean «dirimidas por la vía institucional».

Aunque en un comunicado conjunto de Brasil, Colombia y México establecen la necesidad de una verificación imparcial de los resultados como vía para respetar la voluntad popular, la entrada en escena del TSJ admitiendo el recurso presentado por Maduro ya deja todo en sus manos. ¿Terminará ahí? Ya veremos. Esta historia se escribe todos los días. Minuto a minuto.

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