Ya es oficial. Ya está en Gaceta. El pago de impuestos por transacciones en dólares o criptomonedas en Venezuela no solo es una realidad, sino que tiene fecha de cobro y será en menos de un mes. Tras meses de polémicas y análisis sobre las implicaciones de este impuesto en un país en el que la mayoría de las transacciones son en divisas, el próximo 27 de marzo se comenzará a cobrar impuestos por pagar en moneda distinta al bolívar o al petro.
La Reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Comerciales establece que tras 30 días continuos de salir publicada en Gaceta Oficial los nuevos parámetros del cobro de impuestos establecidos por el Gobierno de Maduro, todos los agentes involucrados deben empezar a acatar la Ley. ¿Y qué dice la Ley? Que las transacciones en dólares podrían pagar hasta 20% en impuesto si el Ejecutivo, en este caso Maduro, así lo desea.
Sin embargo, la sorpresa para algunos fu una segunda Gaceta Oficial publicada el mismo 25 de febrero en el que se establece una lista de personas y circunstancias en las que estará exento el pago del impuesto por las transacciones en dólares o criptomonedas.
¿Qué salió en Gaceta?
Básicamente lo mismo que ya se había divulgado. La Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.687, fechada el 25 de febrero de 2022 es una réplica del documento que ya se conocía previamente sobre la Reforma a la Ley.
La Reforma de la Ley se realizó específicamente para incluir un impuesto a todas las transacciones en dólares y en criptomonedas que se realicen en el país.
En esta reforma se señala que los pagos en divisas o con criptoactivos distintos al petro que haga cualquier persona natural o jurídica, a través de la mediación de una institución financiera, deberán pagar un impuesto que puede comprender entre 2% y 8%. Sin embargo, mientras el Ejecutivo establece cuál será la alícuota a pagar, esta quedará en el rango de 3%.
Por otra parte, en el caso de que una persona natural o jurídica quiera pagar con divisas en efectivo o criptomonedas sin utilizar una institución financiera avalada por el gobierno de Maduro, entonces el impuesto podría ir desde 2% a 20% del valor de la transacción. Al igual que en el primer caso, la alícuota quedará inicialmente en 3%, pero corresponderá al Ejecutivo Nacional, en este caso a Maduro, decidir cuánto impuesto cobrará.
Una segunda Gaceta: ¿Quiénes se salvan de pagar el impuesto?
En el decreto publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.687 el Ejecutivo exonera a varios actores del pago de impuestos, al señalar que la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Finacieras faculta al Ejecutivo Nacional para exonerar total o parcialmente del impuesto a las transacciones realizadas por determinados sujetos, segmentos o sectores económicos del país.
El artículo 1 del decreto establece entonces que «se exonera del pago del impuesto a las grandes transacciones financieras los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas valores, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela».
Además de las bolsas de valores, también están exoneradas del pago de impuesto las siguientes transacciones:
- Operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas.
- Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.
- Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, realizados apersonas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están clasificados como sujetos pasivos especiales.
- Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.
¿Qué busca el Gobierno de Maduro con la Reforma a la Ley?
En su exposición de motivos, la Reforma de la Ley plantea que tiene como fin “incentivar en términos tributarios el uso del Bolívar, haciendo más barato su uso respecto de las divisas, apoyando así al fortalecimiento gradual de nuestra moneda nacional”.
Sin embargo, otra razón para este impuesto está en la necesidad que tiene el Gobierno de Maduro de atrapar una tajada del dinero que circula en divisas en el país y que puede traducirse en mayores reportes para el Fisco. El economista y CEO de Olmos Group Venezuela, Aaron Olmos, pone el foco en este asunto. Señala que esta reforma de Ley no es un movimiento aislado, sino la punta del iceberg sobre lo que se viene en cuanto a las formas en que Maduro busca obtener dinero
La publicación en Gaceta Nacional del aumento de las tasas en Registros y Notarías pone en manifiesto la necesidad del gobierno de obtener entrada de divisas por la vía interna.
“En principio, cada vez que se modifica una Ley en términos fiscales es para recoger dinero del mercado interno y con eso también financiar el gasto público. Aunque en esta ocasión también busca estimular el uso del bolívar al intentar desestimular el uso de otros mecanismos de pago”, señala Olmos.
Para Olmos esta no es la vía correcta. El Gobierno quiere saltarse la vía más complicada que es activar el aparato productivo, sentarse con los empresarios y cambiar la política del Banco Central de Venezuela respecto al encaje legal, y esto no va a funcionar.