Empresas y Negocios

Gobierno de Maduro aplica discriminación inconstitucional para marcas comerciales

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El SAPI informó que la medida entrará en vigencia a partir del 25 de mayo. La tasa de cambio que se aplicará a estos trámites es de Bs 6,30 por dólar para extranjeros. Los nacionales pagarán en bolívares. 

EServicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) informó mediante un comunicado que a partir del 25 de mayo las personas naturales y jurídicas extranjeras que deseen hacer trámites con respecto a marcas comerciales en el país deberán cancelar en dólares. Dicho pago deberá realizarse en una cuenta que el SAPI tiene en New York, específicamente en Citibank y la tasa de cambio aplicable para estos trámites es de Bs 6,30 por dólar.

“Tasas correspondientes a renovaciones de marcas, cambios posteriores al registro tales como: cesiones, fusiones, cambios de domicilio, nombre, licencias, patentes, así como las anualidades de patentes y sus multas, se podrán realizar en moneda nacional y en dólares americanos hasta el día 22 de mayo. A partir del día siguiente hábil de la fecha indicada, todos los pagos de las tasas descritas, referentes a personas naturales y jurídicas de nacionalidad extranjera titulares o adquirientes de los derechos en cuestión, deberán realizarse única y exclusivamente en moneda extranjera (dólares americanos)”, reza el comunicado.

De aplicarse la normativa en referencia, una persona natural o jurídica domiciliado en Venezuela cancelará por renovar una marca Bs 15.000, mientras que una extranjera pagará dicha tasa en dólares debiendo cancelar  $2.380,95 por el mismo servicio, explicaron abogados consultados por ElEstimulo.com, sobre esta medida que  implica un aumento “desproporcionado y abusivo” de más de 1.400%.

Además implica un riesgo cambiario, pues cuando el gobierno se vea obligado a eliminar  la tasa de Bs 6,30 por dólar se verán impactados los costos de esta y otras tasas dolarizadas.

La normativa viola preceptos constitucionales como los establecidos en el artículo 318 de la Constitución Nacional que establece que ‘La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar’ así como tratados y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por Venezuela en el que se establecen principios como el trato no discriminación entre nacionales y extranjeros.

«Esta normativa aplicaría por igual a los personas y empresas originarias de países del Mercosur, Unasur, Alba, Petrocaribe, entre muchos otros países que mantienen relación comercial con Venezuela”, agregó uno de los consultados.

La decisión de SAPI de aplicar esta normativa ha generado muchas dudas e incertidumbre entre los usuarios. A parte de este comunicado, no han publicado un reglamento que aclare cómo se facturará este servicio a personas extranjeras o algún documento que indique cómo ellos podrán justificar en sus países la realización de estos pagos.

“¿Cómo se les facturará cuando un requisito en Venezuela es que toda empresa u organismo público al que se le facture tenga un RIF?», pregunta un experto.

«Adicionalmente, no queda claro quien asumirá por ejemplo los costos de transferencia tanto de quien la hace como del que la recibe. Los costos por estos servicios en los Estados Unidos son sumamente altos ¿Qué pasará con países como Cuba que no pueden hacer pagos en cuentas ubicadas en los Estados Unidos, al menos por ahora?”, agregó la fuente.

Los países en vía de desarrollo y los desarrollados fortalecen cada día más sus sistemas de propiedad intelectual, pues están claros en que es a través de éste que se fomenta la invención y el desarrollo económico. Los expertos  lamentan que este tipo de medidas alejen a Venezuela del desarrollo económico.

Este es el comunicado publicado por el SAPI.

Sapi dolares

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