Opinión

FVF vs. FVF

El martes 16 de Diciembre, y como consecuencia de un nuevo semestre vergonzoso y para no olvidar, la Federación Venezolana de Fútbol emitió un comunicado en el que más que condenar la violencia, intentaba librarse de las responsabilidades del caso. Como yo a usted lo estimo, no le voy ni a sugerir un repaso a semejante atentado contra el castellano, pero sí es hora de que dejemos en evidencia las mentiras de quien hoy quiere pasar por inocente.

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Es común escuchar, por parte de los empleados de la Federación, que las críticas que se hacen son malintencionadas o quienes las pronuncian desconocen los reglamentos que rigen esta actividad. Como a quien escribe no le gusta formar parte de grupos – menos de aquellos a los que no he solicitado membresía -, he decidido asumir mi ignorancia y recurrir a los textos. Es por ello que lo invito a repasar algunas reglas que emanan del ente federativo para así establecer cuál ha sido el tratamiento que han recibido de sus progenitores en este semestre que recién termina. Comencemos por las Normas Reguladoras de Categoría Nacional Temporada 2014-2015, las cuales se encuentran en el sito oficial de la FVF:

Artículo 14: Ningún club podrá inscribir una instalación sede y efectuar más de la cuarta parte de sus encuentros oficiales en otra.

El Deportivo La Guaira, subcampeón del Apertura, comenzó jugando como local en el Estadio Nacional Brígido Iriarte. En esa sede, el equipo varguense disputó las fechas 1, 3 y 5 del torneo, para luego mudarse al estadio Olímpico y disputar ahí sus encuentros de las jornadas 7, 9, 10, 12, 14 y 16. Sin contar los enfrentamientos por Copa Venezuela, el equipo naranja disputó el 66,6% de sus compromisos en esa otra sede a la que hace referencia el reglamento lo que constituye una violación clara de el artículo en cuestión.

Artículo 50, Parágrafo Único: Cuando la convocatoria de la Selección Nacional Sub 20 coincida con encuentros oficiales programados en los calendarios de Primera División y de Segunda División, no eximirá de la obligación de cumplir con lo establecido en este artículo, sea cual fuere el número de convocados.

Debo aclarar que el artículo 50 es aquel que consagra lo que conocemos como la regla del juvenil, que no es otra cosa que la obligatoriedad de alinear como titular a un futbolista nacido en los años 1995, 1996, 1997 o 1998, que ya haya cumplido los 16 años de edad, y que sólo podrá ser sustituido por otro futbolista del mismo rango de edad. Ahora bien, el parágrafo único es despreciado por la FVF  el jueves 9 de Octubre, cuando se envió un comunicado que rezaba los siguiente:

“La Comisión de Torneos Nacionales de la Federación Venezolana de Fútbol informó, a través de la Resolución N° 001 / 2014, la suspensión del jugador Norma, año 95, 96, 97 y 98 desde el 8 de octubre hasta nuevo aviso. La decisión fue tomada por la CTN en uso de las atribuciones que le confieren las Normas Reguladoras de la categoría Nacional de la Temporada 2014 – 2015, tomando en consideración los compromisos que deben cumplir las Selecciones Sub 17 y Sub 20 durante el mes de octubre que incluye una gira internacional y un cuadrangular (aún por confirmar).

La Resolución N° 001 / 2014 indica lo siguiente:
“Liberar a los clubes que participan en Copa Venezuela 2014, Primera, Segunda y Tercera División, en la Temporada 2014 – 2015, de la obligatoriedad de la alineación del jugador Norma, año 95, 96, 97 y 98 a partir de la presente fecha (8 de octubre) hasta nuevo aviso”.

Como expresaba con anterioridad, es el mismo ente regulador el encargado de tirar a la basura lo que ellos habían impuesto como ley. Continuemos.

Artículo 66: Todo club de Categoría Nacional que participe en la Temporada 2014-2015, no podrá efectuar encuentros, ni se le autorizará instalación alguna, que no reúna las siguientes condiciones:

(Cito únicamente los casos en cuestión)

e) Cerca de malla o enrejado que impida totalmente el acceso del público al terreno.

Tomando únicamente el ejemplo de la capital podremos confirmar que esta regla no se cumple; el Estadio Nacional Brígido Iriarte no posee esa cerca o enrejado.

f) Disponer de “Baños Públicos” con un número de piezas sanitarias proporcional al aforo.

Le confieso que no me queda claro el número de piezas sanitarias del Brígido Iriarte, pero sí puedo asegurar que en una mayoría absoluta de los encuentros, son apenas dos baños por género los que están disponibles para el público.

l) Casetas de transmisión radial y de TV, dotadas de luces, toma de electricidad y acometida de cables telefónicos, de las cuales, una como mínimo, debe estar a disposición de la Emisora Oficial del Club Visitante.

Hoy en día, los partidos que se transmiten en el Brígido Iriarte se hacen desde la tribuna principal, no desde las casetas, las cuales, en su gran mayoría, no están en condiciones de ser usadas para ese fin. En el caso del Olímpico, la gran mayoría de las casetas no cuenta con luz. En este apartado debo contarle que el Deportivo Petare no posee circuito de transmisión radial.

m) Palco de Prensa con sillas, en tribuna principal, con toma de electricidad y acometida de cables telefónicos para uso de internet.

Ni el Olímpico ni el Brígido Iriarte ofrecen esas tomas de electricidad o acceso a internet. Los circuitos radiales que visitan el segundo saben que sus transmisiones saldrán por la telefonía móvil, ni hablar de conectarse a la world wide web.

Artículo 67: En los sectores de acceso de espectadores y vehículos se instalarán dispositivos para el control de personas y objetos, impidiendo el acceso a:

Antes de continuar debo aclararle algo: la UCV dispone d un estacionamiento conocido como Estructural, el cual sirve para quienes van al fútbol o el béisbol; no es obligación de la casa de estudios llevar a cabo ese operativo vehicular. En el caso del Brígido, puede que la FVF no lo sepa, pero el estacionamiento no es tal sino que cada quien depende del cuidadito de turno.

(Cito únicamente los apartados que sirven para este trabajo)

1) Quienes hayan sido sancionados con anterioridad por la comisión de un delito con motivo de la celebración de un espectáculo público (indistintamente del deporte o espectáculos en general).

No existe lista alguna que identifique a quienes hayan sido castigados; me atrevo a decir que no supera la decena la cantidad de hinchas que se han enfrentado a un juez luego de haber cometido destrozos contra la propiedad pública, privada o contra personas.

2) Personas en estado de ebriedad.

En todas las canchas del país entran personas bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes. Los operativos de seguridad no son tomados con seriedad y, más allá de que la FVF no es un órgano policial, sí tiene la potestad para sancionar a los clubes que no cumplan con estos operativos.

Artículo 72: Toda instalación apta para efectuar encuentros de Categoría Nacional, en la temporada 2014-2015, no podrá ser utilizada por más de dos (2) Clubes en una misma división, independientemente que el propietario de la misma lo autorice…

DISPOSICIÓN ESPECIAL SEGUNDA

La especial situación, en cuanto a disposición de instalaciones aptas para la práctica del fútbol profesional, del Distrito Metropolitano y área urbana y suburbana de la ciudad Capital de la República, obliga a la Federación Venezolana de Fútbol a dictar la siguiente Disposición Especial:

Primera: Se consideran APTOS para efectuar juegos de Categoría Nacional los Estadios: Nacional “Brígido Iriarte” y Olímpico de la Ciudad Universitaria.

Segunda: En los prenombrados Estadios no se aceptará que sean inscritos como sede, en cada uno, más de dos (2) equipos de Primera División y de dos (2) en Segunda División, así el propietario de dichas instalaciones otorgue derechos a un número superior.

Esto es muy grave. Cómo se sabe, estas normas fueron dictadas para la temporada 2014-2015. Desde el mes de Junio del corriente año, se conoce que cinco equipos de la capital de la república integrarían el torneo de primera división. No se entiende que la FVF no contemple tal situación en sus propias normas reguladoras y se de el gusto de sancionar lo que a continuación transcribo textualmente:

Tercera: En cumplimiento de la disposición anterior, la C.T.N. (Comisión de Torneos Naionales) no programará en dichas instalaciones, dentro de los Calendarios Oficiales más de un encuentro por División y Jornada. En cada Categoría.

No hay que investigar mucho la traición a sus propias normas; en el siguiente link encontrará información acerca de dónde jugó Deportivo La Guaira y dónde lo hizo el Caracas FC por la decimosexta jornada del Apertura: http://www.balonazos.com/ve/index.php/2013-08-19-19-49-54/2013-08-19-20-03-40/temporada-2014-2015/14127-resultados-y-fichas-tecnicas-jornada-16-liga-movistar-apertura-2014

Artículo 74: La Comisión de Torneos Nacionales Inter-clubes de la F.V.F. decidirá con un mínimo de cuatro (4) días hábiles de antelación, si un encuentro debe considerarse de alto riesgo, y en consecuencia los responsables de la organización del mismo, deberán tomar las siguientes medidas de seguridad:

5) Instalación de puntos de control de seguridad en las vías de acceso externas al Estadio.

Este operativo no fue cumplido por el Deportivo Petare el pasado domingo 14 de Diciembre, día en que no más de veinte delincuentes fueron capaces de interrumpir la realización de un partido de fútbol, a pesar de que, según palabras del delegado federativo, el señor Marcos Ariza, el equipo local había sido avisado en tiempo y forma de que ese era un encuentro de alto riesgo.

7) Retención de los aficionados visitantes en el sector del Estadio donde estén ubicados, hasta la desocupación del mismo.

Como consecuencia del enfrentamiento entre policías y saboteadores, la hinchada de Trujillanos pudo invadir tranquilamente el campo del Olímpico. Era tan escasa la presencia policial que incluso un par de ellos facilitaron el acceso de los fanáticos para que celebraran en el terreno de juego.

Artículo 76: Todo Club de Categoría Nacional que actúe como visitante, debe estar en la localidad del encuentro con veinticuatro (24) horas de anticipación al inicio del mismo.

La fecha ocho del Apertura sirve de ejemplo para afirmar que esto no se cumple. Estudiantes de Mérida, como se conoció en diversos medios de comunicación, no viajó a Puerto Ordaz sino a eso de las 11am del mismo día del partido. Las condiciones del viaje del equipo académico despertaron protestas del mundo del fútbol, pero en la FVF todo siguió como si nada.

Artículo 78: Todo Club de Categoría Nacional está en la obligación de transmitir por una emisora de Radio los encuentros oficiales que efectúe como local, por tanto al inicio de la temporada, deberá participar a la Comisión de Torneos Nacionales el medio de comunicación que efectuara dicha transmisión.

Anteriormente conté que el Deportivo Petare no cuenta con un circuito radial y no ha sido sancionado por ello.

Artículo 106: Todo Club de Primera División y Segunda División, debe demostrar que, al respecto de las obligaciones contractuales y legales con su personal actual y del pasado (incluyendo jugadores y cuerpo técnico) no tiene deudas pendientes o fiscales al 30 de Junio de 2014, salvo que las mismas hayan sido diferidas de mutuo acuerdo con el acreedor, o sean objeto de disputa sometida a la Cámara de Resolución de Disputas de la F.V.F.

Este artículo es uno de los más polémicos. Hay ejemplos como el del Deportivo Petare, Llaneros de Guanare, Estudiantes de Mérida, Carabobo, Deportivo Lara, Zamora, Monagas, Atlético El Vigía o Aragua, quienes según la Asociación Única de Futbolistas Profesionales de Venezuela, están en deuda con futbolistas que anteriormente vistieron esas camisetas. Sería interesante conocer cual de estos ejemplos serían parte de esos casos excepcionales que menciona el artículo y cuales no.

REGLAMENTO GENERAL DE COMPETICIONES

Otro cuerpo normativo que nace del ente federativo es el Reglamento General de Competiciones, cuyo origen se encuentra al inicio del texto: Considerando que la multiplicidad de Torneos, Campeonatos y Competiciones que se organizan bajo la jurisdicción de la Federación Venezolana de Fútbol, requieren de un numeroso y complejo andamiaje de Reglamentos, Normas, Bases de Competición y disposiciones especiales que orienten los mismos y haciéndose imprescindible tener una base mínima común, con un diseño que unifique sus conceptos elementales cónsonos con la reglamentación del fútbol asociado en sus diferentes modalidades, se obliga a dictar normas de carácter general y de aplicación obligatoria a toda actividad competitiva que requiera ser avalada o reconocida por ella.

Repasemos algunos artículos despreciados en el semestre que recién termina:

Artículo 26: El club local es responsable, sin que se le impute una conducta u omisión culpable, de la conducta impropia de los espectadores y, dado el caso se le podrá imponer las sanciones pertinentes.

El club visitante es responsable, sin que se le impute una conducta u omisión culpable, de la conducta impropia de los espectadores considerados como sus seguidores y, dado el caso se le podrá imponer las sanciones pertinentes.

Los espectadores sentados en los sectores de la instalación reservados a los visitantes son considerados como seguidores del club visitante, salvo prueba en contrario.

Imputar, según del Diccionario de la Lengua Española (DRAE) significa “atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable”. ¿Cómo puede un equipo de fútbol ser responsable de los actos que cometan sus seguidores? ¿Es por esta regla que se le sanciona al Caracas FC cada vez que sus seguidores recuerdan cariñosamente al Sr. Rafael Esquivel?

Artículo 27: Los clubes deberán llevar un registro actualizado de los integrantes de sus barras o grupos de seguidores reconocidos. En dicho registro deberán figurar al menos: el nombre completo, la cédula de identidad, la fecha de nacimiento y el domicilio de cada uno de sus miembros.

En la medida de lo posible, al momento del reconocimiento, de la barra o grupos de seguidores organizados, el Club deberá entregar una credencial numerada, individual e intransferible, que contenga esos datos y una fotografía del titular.

En este momento no existe equipo alguno que lleve una base de datos de sus seguidores como lo exige la norma, pero lo más pintoresco es la sugerencia “en la medida de lo posible” de que cada equipo imprima credenciales para luego ser entregadas a sus hinchas caracterizados.

Los reglamentos antes citados se pueden conseguir en las siguientes direcciones:

http://www.federacionvenezolanadefutbol.org/pdf/NORMAS_REGULADORAS_2014_2015.pdf

http://www.federacionvenezolanadefutbol.org/pdf/reglamento_competiciones.pdf

Es necesario un cambio

A estas alturas es normal que usted se pregunte qué hace realmente la FVF por cuidar su principal espectáculo. Visto que en los reglamentos antes mencionados está la clave para que el fútbol sea un evento que congregue a todos aquellos que deseen disfrutar de él, no se entiende que como consecuencia de los actos de violencia que caracterizaron al Torneo Apertura 2014, el Vicepresidente de la FVF, Sr. Laureano González, afirme que hacen falta leyes que combatan la violencia en los estadios criollos. En un trabajo realizado por Víctor Grao, para el Diario Líder, llamado «La violencia se adueñó del Apertura», se resumen los episodios que caracterizaron al recientemente finalizado torneo.

¿Por qué hacer referencia únicamente a la violencia? Porque es el tema de moda. Más allá del desprecio a otras normas, la FVF, en ese mismo cuerpo de leyes, contiene castigos que pueden aplicar a quienes sean hallados responsables de no combatir este flagelo.

Al igual que este ítem que ensombrece y hasta enluta a nuestro balompié, el ente federativo ya ha promulgado las reglas para llevar adelante este deporte. ¿Por qué, como consta en este breve informe, no las hacen cumplir? Deje que le de una pista para que luego usted, con su mayor claridad, encuentre las respuestas: no les interesa.

En el comunicado que emitieron el Martes 16 de Diciembre del presente año, la FVF expresa su satisfacción porque “Los encuentros correspondiente a las competiciones nacionales que promovemos y organizamos en las modalidades de: Futbol Campo, Futbol Sala y Futbol Playa; han terminado en un noventa y nueve por ciento (99%) en su tiempo reglamentario, a pesar de la violencia exógena, tanto personal como real. Lo cual, nos permite afirmar que la violencia está en la comunidad no en el Futbol”. Es decir, sólo les interesa llenar el casillero que confirma la conclusión de los encuentros y que le permite estar al día con la Conmebol.

Por ello se hace urgente un cambio, en la conducción y en las formas. Este fútbol no puede seguir viviendo a costa de cumplir requisitos mínimos. Ya se perdió una vida; ¿hasta cuando seguiremos por el camino de la indiferencia?

Llegado el mes de Diciembre no hay nada que invite al optimismo. La FVF sigue empeñada en caminar hacia atrás y la alternativa a este desaguisado, encarnada en los tuits de César Farías, no parece ofrecer nada distinto a lo que vivimos. Hay quien dice  “amanecerá y veremos”; yo prefiero creer que la gente buena que hace vida en este deporte no se acuesta con esa tonta esperanza sino que se dedica a cambiar lo que parece un barco en pleno naufragio. Mi ignorancia seguirá siendo tal, pero la desidia federativa también seguirá vigente.

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