Venezuela

Venezolanos son los nuevos refugiados de América latina

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamó a los países miembros de la OEA a que traten a los ciudadanos que provengan de Venezuela prácticamente como refugiados y que se respeten sus derechos humanos. Según explica el expresidente de esta entidad, Carlos Ayala Corao, la persecución por motivaciones políticas así como las detenciones de disidentes debe ser consideradas por los organismos que analizan la condición de estas personas.

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En el pasado, las dictaduras del Cono Sur americano, como las de Videla, Pinochet, Velasco Alvarado y Bordaberry obligaron a argentinos, chilenos, peruanos y uruguayos a buscar en el horizonte venezolano una tierra donde crecer con sus familias en paz, con seguridad, trabajo, bienestar, dejando atrás desapariciones, torturas, prisiones y asesinatos por motivos políticos.

En la actualidad, son los venezolanos los que buscan hacerse con un lugar en estos países, huyendo de la violencia criminal, la inseguridad, el desempleo, el hambre, la escasez de medicinas y tratando de recuperar la paz que perdieron en los gobiernos de Hugo Chávez y Nicolás Maduro. Estos gobernantes han mantenido el poder durante 18 años y que colocaron la política como prioridad, en lugar de las necesidades de la población.

Recientemente la CIDH hizo un contundente llamado este 25 de enero de 2016 a los estados de la región, a tomar medidas de protección a las personas migrantes de Venezuela.

“La Comisión expresa su preocupación ante la información que indica que un gran número de venezolanos se han visto forzados a migrar a otros países de la región como mecanismo de supervivencia, como consecuencia de la situación humanitaria, en particular a los efectos que vienen ocasionando la escasez de alimentos, medicamentos y tratamientos médicos”, reza el comunicado de la CIDH.

Quien fuera presidente de la CIDH (1997-98) abogado Carlos Ayala Corao, comentó en entrevista con El Estímulo que seguramente la Comisión recibió información sobre las circunstancias extremas en las cuales se ha visto sometida la población venezolana, con restricciones al acceso a alimentos, a medicinas, la falta de seguridad ciudadana. Este cuadro ha generado la migración de un número creciente de venezolanos que al llegar a otros países consiguen la recepción correspondiente a personas que vienen huyendo de una situación extrema en lo político, económico, social y de salud.

“Hay situaciones particulares de venezolanos que han sido retenidos, que han sido devueltos y esto es lo que de alguna manera la CIDH está llamando la atención sobre el tratamiento especial que se le debe dar a venezolanos que están en esa posición”, manifestó el abogado constitucionalista Ayala Corao.

El jurista, que también trabajó en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, indicó que los estados miembros de la OEA deben entender que las personas que migran de Venezuela están bajo una situación de fragilidad debido a la situación política, económica, social y de salud que viven en su país. Por ello, deben adoptar medidas que permitan un tratamiento que respeten los estándares internacionales de respeto a los derechos humanos.

Bajo estos parámetros que menciona Carlos Ayala Corao y el llamado de atención que hizo la CIDH, ¿es posible que los organismos internacionales estén enmarcando a estos movimientos migratorios de los venezolanos hacia Estados Unidos, Chile, México, Panamá, Perú, Argentina, Costa Rica, España, entre otros, como refugiados, según los tratados establecidos en la Organización de Naciones Unidas (ONU) ?

La Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), deja sentado en su portal web que, según la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, “un refugiado es una persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de su país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores no quiera regresar a él».

Según Ayala Corao, “el tratamiento de refugiados conforme a las convenciones de Naciones Unidas, tiene unos estándares que cada persona debe probar, pero esos estándares se han convertido de alguna manera en un patrón».

«Cuando en Venezuela existe una situación en la cual hay una inseguridad personal muy grande, conjuntamente con un sistema político donde hay una debilidad de las instituciones democráticas, de la independencia judicial, donde la persecución por motivaciones políticas está claramente establecida, donde hay detenciones de los grupos de disidencia y además la vida y la integridad personal, la libertad de las personas peligran, y eso debe ser objeto de consideración por los organismos que analizan la condición de refugiados”, explicó.

Asimismo, ACNUR, el brazo de Naciones Unidas para los refugiados, deja claramente establecido sobre la “protección internacional” que los estados tienen la obligación de no expulsar ni devolver a los refugiados o solicitantes de asilo a cualquier país donde pueda correr peligro, comprendiendo, claro está, el mismo país del cual huyen.

De la misma manera, los estados tampoco deben establecer discriminaciones entre grupos de refugiados.

Por el contrario deben garantizar el acceso a los refugiados de sus derechos económicos y sociales, al menos, en el mismo grado en que los extranjeros residentes en el país de asilo lo hacen. También los estados tienen la obligación de, por razones humanitarias, permitir la admisión de al menos el cónyuge y los hijos dependientes de cualquier persona a quien se le haya reconocido el estatuto de refugiado.

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