Venezuela

¿Qué prepara Luisa Ortega Díaz para la Sala Plena?

Ir este martes  al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sería como caminar sobre la tabla del barco pirata hacia los tiburones. Es el escenario que todo el país se imagina, la destitución de la Fiscal General de la República, inclusive con su detención preventiva sumada a las medidas ya tomadas por la Sala Plena de prohibición de salida del país y la de enajenar y gravar bienes.

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FOTOGRAFÍA: MIGUEL GUTIÉRREZ | EFE

Como se dice en la calle, las cartas están echadas. Ya habría una decisión tomada puertas adentro de las murallas de fierro del TSJ. Se espera que el exdiputado Pedro Carreño muestre sus pruebas y alegatos contra la Fiscal General Luisa Ortega Díaz, quien se defenderá con argumentos jurídicos.
Entre réplica y contraréplica, escucharemos al presidente de la Sala Plena, Maikel Moreno decir que si hay méritos para enjuiciar a la titular del Ministerio Público y posiblemente la veamos abandonar el alto tribunal sin cargo y bajo amenazas de cárcel.
Una decisión contra la fiscalía pasa por el artículo 380 del Código Orgánico Procesal Penal que reza “cumplido los trámites necesarios para el antejuicio, el funcionario quedará suspendido e inhabilitado para ejercer cualquier cargo público durante el proceso”.
Se trata de un proceso a todas luces ilegal. Según el artículo 25 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y el 266 constitucional, Pedro Carreño no podía solicitar el antejuicio de mérito contra nadie, ya que se trata de una atribución a ejercer personalmente ante el TSJ por el Fiscal General de la Nación. De hecho, Carreño, que ya no cuenta con fuero parlamentario, podría ser demandado por usurpación de funciones.
Es tan conocida la noticia de que será destituida la Fiscal General, que el magistrado de la Sala de Casación Social, Danilo Mojica salvó su voto para nuevamente apartarse del proceso que denota ilegalidad de comienzo a fin. En este caso, no se cuestiona que la Sala Plena tenga competencia o no para conocer del antejuicio, pero si el proceso, porque el mismo que debió ser administrativo de calificación de falta grave como los establece el artículo 137 constitucional, se elevó a carácter penal.
Además de violar el artículo 137 de la Carta Magna, también se transgrede el 379 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual  el TSJ convocará a una audiencia oral y pública dentro de un lapso de 30 días y abierta la audiencia será el Fiscal General o en su defecto el vicefiscal general quien explanará la querella, no como ocurrirá este martes que lo hará Pedro Carreño. Cinco días después de concluido el debate, la Sala Plena emitirá dictamen.
Al momento de salvar su voto, el magistrado insiste en que para poder solicitar un antejuicio debe existir una investigación penal, que obviamente, en este caso no la hubo. Deben existir pruebas plenas para que el tribunal envíe el expediente a la Asamblea Nacional, y sea esta quien proceda a su remoción.
Por otra parte, la Sala Plena debió declarar en la sentencia que Pedro Carreño no cumplía con lo establecido en la norma para hacer tal solicitud, porque lo que debió declararse inadmisible la petición de antejuicio. Ante este escenario, el magistrado salvó su voto.
Otro escenario posible es no asistir al máximo tribunal este martes. Sin embargo, dado el comportamiento de los integrantes del TSJ, se podría pensar que acabarían en minutos con el procedimiento aplicando el artículo 327 del COPP, declararían en contumacia a Ortega Díaz, colocarían un defensor público y declararían el mérito. Según magistrados eméritos consultados, no les extraña que la Fiscal General salga esposada del TSJ y sea llevada a algún sitio de reclusión que no será su casa.
Conversando con estos ex integrantes del máximo tribunal, advierten que después que Luisa Ortega Díaz caída ante la Sala Plena, vendría el escenario de la Fuerza Armada, pues estaríamos en presencia de un golpe de Estado.]]>

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