Venezuela

Óscar Pérez: ¿Hubo o no una ejecución extrajudicial?

Lo ocurrido el pasado 15 de enero en la localidad de El Junquito dejó un halo de perplejidad nacional y levantó dudas con respecto al procedimiento que se siguió para cumplir con el aparente objetivo de la “Operación Gedeón”: desaparecer a Óscar Pérez, considerado “enemigo número 1” del gobierno de Nicolás Maduro.

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FOTOGRAFÍA: EFE/Miguel Gutiérrez

Las reacciones frente al operativo, cuyo nombre en hebreo se traduce como “destructor”, en el que participaron policías, militares e incluso miembros de grupos paramilitares conocidos como “colectivos” no se hicieron esperar y apuntan a un mismo concepto: ejecución extrajudicial.

Desde la ex fiscal general, Luisa Ortega Díaz pasando por el Observatorio de Conflictividad Social hasta la diputada Delsa Solórzano, la teoría de que lo ocurrido a Pérez pasa por una ejecución extrajudicial es unánime.

El caso de Óscar Pérez ha estado sujeto a debate porque hay dos versiones contradictorias: la narrativa oficial plantea que existía una “causa de justificación” para la persecución contra el ex inspector del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC). La otra no necesita intermediarios, basta con ver los videos grabados por el prófugo horas antes de su muerte.

Luis Izquiel, abogado penalista-criminólogo,  explicó que es “la muerte sin ninguna justificación que hace un agente del estado, regularmente un funcionario de seguridad”; pero se necesita más que unos videos difundidos a través de las redes sociales para determinarlo certeramente.

“Parece que la tesis del enfrentamiento es difícil de sostener porque las evidencias indican otras cosas como que las personas que estaban ahí querían rendirse y manifestaron la voluntad de hacerlo”, opinó el criminólogo.

A pesar de las suposiciones frente a lo ocurrido en El Junquito, todavía no se ha podido determinar exactamente si se trata de una ejecución extrajudicial, porque para ello se amerita una investigación. Sin embargo, las organizaciones de derechos humanos alzaron su voz en rechazo a lo ocurrido con Pérez y sus compañeros. Un comunicado que firman más de 13 ONGs exige que se abra una investigación exhaustiva para determinar los detalles de lo ocurrido.

Por otro lado, la Asamblea Nacional (AN) aprobó la creación de una comisión especial presidida por Solórzano, también presidenta de la Comisión de Política Interior del parlamento, para investigar la también llamada “Masacre de El Junquito”.

Dentro del artículo 187 de la Constitución se establece que “los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio del esta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca”, a lo que Izquiel explica que los resultados obtenidos de  la investigación hecha por el legislativo “tendrían un peso importante” y el sistema judicial del país debería enjuiciar a los involucrados.

“La ejecución extrajudicial es un homicidio. En teoría, el sistema de justicia venezolana debe sancionar a quienes hicieron el acto y también a quienes dieron la orden. Si eso no pasa, entraría el sistema internacional de justicia, particularmente el Tribunal Penal Internacional, y actuaría de manera supletoria”, continuó.

Para el abogado internacionalista, Daniel Merchán no hay todavía suficientes elementos certeros para determinar si fue una ejecución extrajudicial o no debido a que  “no hay una copia fidedigna que te diga que hubo un intercambio entre los policías y una orden mayor, solo se tienen videos subidos a las redes sociales. Falta ahondar mucho en cuáles fueron las circunstancias reales del suceso”.

Sin embargo, no descarta que el protocolo a seguir no se cumpliera porque “primero se tienen que agotar los mecanismos que eviten el conflicto”.

En Venezuela, ya han  ocurrido ejecuciones extrajudiciales, como el caso de El Amparo, en donde 14 pescadores fueron masacrados por efectivos del Comando Específico “José Antonio Páez” (CEJAP) en el estado Apure.

“En este caso hubo una investigación completa y se evidencia que hubo un uso desproporcionado de la fuerza”,  aseguró Merchán.

En el artículo tercero de la Constitución se lee que el Estado “tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad(…)” y para organizaciones como Provea,  Acción Solidaria o Espacio Público, eso no fue lo que el Ejecutivo hizo en el caso de Pérez.

Para el defensor de los derechos humanos y miembro de PROVEA, Carlos Patiño “se debe hablar en términos de que todo apunta a que es una situación de ejecución extrajudicial. Nosotros estamos exigiendo que haya una investigación exhaustiva; pero todos los indicios presumen que eso fue lo que pasó”.

Continuó afirmando que quienes estuvieron presentes “hicieron pública su voluntad de rendición y el resultado fue violento.  Además, no hubo evidencia de actuación del Ministerio Público ni de la Defensoría del Pueblo, que son los entes que debieron garantizar el cumplimiento de los estándares nacionales e internacionales sobre el procedimiento del operativo que tuvo que ser de tensión, no de guerra”.

Parte de la narrativa oficial plantea que Pérez y sus compañeros son “terroristas” y en tal caso, Patiño aseguró que “de ser cierto, de igual forma tenían derecho a un debido proceso, en Venezuela no hay pena de muerte”.

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