Venezuela

Ancianos se atrevieron a demandar al IVSS por retrasos en pensiones

Un grupo de personas de la tercera edad interpusieron una demanda por la deficiente prestación del servicio del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) ante los juzgados de Municipio con competencia en lo contencioso administrativo del Área Metropolitana de Caracas. 

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Foto: archivo AP

Vinieron desde distintos estados del país y los asistió el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) y el Comité de Derechos Humanos para la Defensa de los Pensionados, Jubilados y Adultos Mayores, según un texto de Crónica Uno.

Cerca de 200 mil personas cotizaron, introdujeron sus papeles y todavía no han cobrado este beneficio de ley, afirma el comité de derechos humanos para la defensa de los pensionados. A partir de los 60 años -los hombres- y los 55 -las mujeres-, se puede optar por este beneficio.

Estas personas trabajaron como funcionarios públicos tanto en instituciones públicas como privadas.

terceraedad

La abogada de Provea, Jessica Duhan, explicó a Crónica Uno que la acción es por “la omisión y retardo en la asignación de pensiones, hecho que viola el derecho a la seguridad social y el trato digno que debe darse a los adultos mayores generando en consecuencia la imposibilidad de gozar del derecho establecido en el artículo 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

Violaciones de DDHH Mireya Franco: trabajó hasta los 47 años como aeromoza desde los 19 en distintas empresas públicas y privadas de aviación. Sin embargo, el Estado aún no le reconoce el beneficio. Alega que las corporaciones fueron disueltas o están en mora. Como ella, otras 33 personas que llevan seis años esperando que el IVSS cumpla la obligación que establece la Constitución Nacional.

Lo que alega el seguro social -la mora- viola los derechos reconocidos en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. El texto de derecho internacional establece que:

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.

El presidente nacional del Comité de DDHH para la Defensa de Adultos mayores, Edgar Silva, insistió que no es responsabilidad del afectado que el Seguro no haya fiscalizado a tiempo a las empresas en mora. “A estos trabajadores se les descontó las cotizaciones y ahora pretenden que el trabajador, que es el débil jurídico, obligue a algún ministro, gobernador, alcalde o dueño de una empresa privada que le pague la deuda para que este organismo pueda recibirle los papeles y procesar su pensión de vejez”, dijo al medio digital.

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