El artículo 4 de la disposición emanada de la Presidencia de la República, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas podrá establecer límites máximos de ingreso o egreso de moneda venezolana de curso legal o efectivo.
De igual manera, dicho Ministerio podrá establecer restricciones a determinadas operaciones y transacciones comerciales o financieras, así como restringir dichas operaciones al uso de medios electrónicos debidamente autorizados en el país.
El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, anunció la noche del viernes el estado de excepción por 60 días, prorrogable pro igual período, como una medida para regularizar la situación económica y social de la zona, afectada por el contrabando y el paramilitarismo, según el gobierno.